Si en un juicio sobre acoso laboral menciono que en la empresa se usa software pirateado, ¿El juez puede condenar a los acusados por piratería aunque el juicio sea por acoso?
PD: Siento el título del mensaje. Se aceptan sugerecias para poner un mejor.
No, no puede condenar a los demandados (en el juicio laboral no hay acusados, y entiendo que no vas por lo penal) por piratería, por los siguientes motivos:
1. La piratería no figura en la demanda, imagino, con lo que no tienen la posibilidad de defenderse sobre ella.
2. La piratería sería una cuestión para la jurisdicción civil o la penal. El mero uso de software pirata sería civil. La jurisdicción laboral no es competente para conocer de ella.
3. Salvo que el software pirateado sea tuyo (o alguna otra posibilidad análoga), no tienes legitimación para demandar en relación con él, porque a ti no te perjudica que usen software pirata.
En el caso de que lo que mencionaras fuera delito o infracción administrativa, entonces lo que podría hacer el juzgado sería deducir testimonio de particulares para remitirlo al juzgado o la autoridad administrativa correspondiente. Pero no es delito, por lo que describes.
¿Perdona? Yo respondí cuando vi la pregunta, y respondí porque quería intentar ayudar. Ni me has preguntado a mí en particular ni tendría, aunque lo hubieras hecho, obligación de responderte ni por correo ni de ninguna manera.