Ante todo felicidades a los creadores de esta pagina y foro por la gran utilidad que tiene pra todos los "Navegantes de la web"
La pregunta es ¿Es adecuada la actuación de la policia local que describo a continuación?
Jovenes -mayores de edad todos los del grupo- bebiendo y cantando a las 07,30 h de un sábado en un aparcamiento público de superficie a unos 25 m de los bloques de casas - fechas mes de mayo aprox, son requeridos servicios de PL por vecinos que se quejan del ruido por tener música a fuerte volumen en un coche.
Policía local llega y manda apagar el casette , como observa que un joven está ,posiblemente ,bajo los efectos del alcohol le hace la prueba del alcoholimetro y da 0,58 , - por si no lo he dicho antes el coche está parado pues el dueño vive enfrente y es el padre del chico que presenta sintomas de embriaguez, y el motor esta totalmente frio ya que no se ha usado para desplazarse.
Ante esta situación se le manda cerrar el cohe y acto seguido es retirado por la grua.
Expiclación se retira el vehiculo para impedir que lo pueda coger al estar bajo los efectos del alcohol; el chaval en cuestión les dice que si no estuviera en sus cinco sentidos se hubiera cogido el coche y se hubiera marchado - aun en ese estado a un lugar donde no le habrian ido a encontrar y sin embargo no lo ha hecho al ser consciente de que no debe de conducir estando así y que no lo va a hacer ahora que tiene la certeza total de que daría positivo y le podrían quitar el carnet o más, y que por lo tanto no tiene sentido retirar el vehiculo con la grua.
Gracias por las respuestas.
Actuacion delicada y saldran seguramente muchas respuestas bastantes dispares.
Yo en un prinicipio, supongo que los agentes han aplicado el art. 70 de la LSV que faculta a los agentes de la autoridad a inmovilizar un vehículo " cuando de su circulacion pueda derivarse un grave riesgo para las personas o los bienes"; teniendo en cuenta esto el vehículo se podria inmovilizar hasta en tanto en cuanto se pudiera hacer cargo una persona que estuivese en condiciones. La prueba de alcoholemia evidentemente es voluntaria para el sometido, si bien, aun en el caso de dar positivo como en este caso no conllevaría multa aguna por no ajustarse a los puntos que describe el art. 21 rgc ( personas obligadas a someterse a la prueba de alcoholemia).
En cuanto a la retirada con grúa se podría encajar ( muchas pinzas) el art. 71 LSV en cuanto a la retirada de un vehíuclo cuando sea inmovilzado en un lugar que entorpezca la circulacion. ( desconozco el caso).
En cualquier caso entiendo a mi modo de ver que si ha sido asi realmente el hecho, las tasas de la grua no se deberian abonar.
Otra posibilidad es que el vehiculo estuviese mal estacionado, y no pudiere moverlo nadie debido a la ingesta de bebidas alcoholicas y por ese motivo lo retiraron, por mal estacionamiento.
Habra discrepancias y diferentes puntos de vista, pero el fin es que va a ser positivo para todos, así que opinan los demas foreros.
Saludos
Gracias topi por la rapidez.
Los datos son del todo ciertos.
Como digo el vehiculo estaba estacionado en un aparcamiento y bien estacionado , no interrumpiendo el paso de ningún vehiculo y por lo tanto podrian haberlo dejado estacionado y avisarle al padre que estaba a escasos 30 metros, al otro lado de la calle para acerse cargo del vehiculo , que por otra parte no se iba a mover al estar estacionado por él enn elugar de los hachos.
Efectivamente no se le cobró la actuación de la grua pero tampoco se le facilitó el medio edecuaado para poder desplazarse al depositoo para recogerlo, con lo que se pudó generar una serie de posibles gastos inncesarios.
En cuanto a multa por la dodis de alcohol no la hubo según ,me comentaron.
Gracias topi por la rapidez.
Los datos son del todo ciertos.
Como digo el vehiculo estaba estacionado en un aparcamiento y bien estacionado , no interrumpiendo el paso de ningún vehiculo y por lo tanto podrian haberlo dejado estacionado y avisarle al padre que estaba a escasos 30 metros, al otro lado de la calle para acerse cargo del vehiculo , que por otra parte no se iba a mover al estar estacionado por él enn elugar de los hachos.
Efectivamente no se le cobró la actuación de la grua pero tampoco se le facilitó el medio edecuaado para poder desplazarse al depositoo para recogerlo, con lo que se pudó generar una serie de posibles gastos inncesarios.
En cuanto a multa por la dodis de alcohol no la hubo según ,me comentaron.
Si el vehículo que retiraron era el que tenía la música alta a eso se le llama matar dos pájaros de un tiro. Yo creo que no confiaron en que el joven no fuera a hacer uso del coche y decidieron asegurarse.
La actuación parece, por los pelos, legalmente correcta.