Tras contratar mi comunidad de vecinos a un abogado de propiedad horizontal para una denuncia por problemas en la finca, y tras varios aplazamientos del juicio, tras 3-4 años preparando junto a un arquitecto y el administrador de la finca todo lo necesario, tras realizarse el juicio, haber perdido, y escuchar las explicaciones del ambos (arquitecto y abogado), el arquitecto indica que no entendió la pasividad del abogado en el juicio, y el abogado que el arquitecto no estaba suficientemente preparado, y posteriormente nos indica la administradora que el abogado le indica que daba por perdido el caso, y que no estaba dispuesto a acudir a la junta de vecinos a explicar lo sucedido, que tan solo hablaría con la administradora.
Lo que no entendemos, o creemos que no es correcto, es que por una parte, si daba por perdido el juicio o pensaba que el arquitecto no estaba preparado, ¿no lo tendría que haber comunicado a la administradora antes (y no haber llegado al realizar le juicio)? ¿no es una de sus tareas la de asesorar? y por otra parte, ¿puede negarse a asistir a explicar lo sucedido? sin renunciar a los emolumentos pactados, claro.
Comentar también que el juicio se ha perdido por la no realización de catas y por falta de mantenimientos, ¿esto no sería responsabilidad del abogado y de la administradora? advertir de que sería recomendable acometer estás acciones (como asesores).
La relación que se establece entre un abogado y su cliente es contractual, desenvolviéndose en el ámbito del contrato de prestación de servicios.
La relación contractual entre abogado y cliente no es de resultado (Ej: el abogado me tiene que entregar como resultado el vencimiento del pleito a mi favor), sino de prestación de servicios (Ej: he contratado al abogado para que prestándome sus servicios intente ganar el pleito).
En las demandas reclamando defectos de construcción, es habitual que aleguen la falta de mantenimiento y ello, compete determinarlo al técnico que ha emitido el informe y no al abogado.
Por otra parte, hay que tener en cuenta que en base al principio de libre valoración de la prueba, el juez puede emitir el fallo en uno u otro sentido, por lo que al final, la decisión depende de un tercero.
Explicar el motivo por el que el juez ha fallado en sentido contrario al pretendido es complicado y lo que deberían hacer es decidir si recurren en apelación la sentencia, o permiten que alcance firmeza.