En una sentencia en la que se otorga a los padres la patria potestad de su hijo de 26 años por retraso leve, al ser declarado incapacitado total incluso sin derecho a voto, se dice que posee sin embargo aquellos derechos que le otorga el ordenamiento jurídico, mi pregunta es pues ¿Cuáles son esos derechos que conserva con esta incapacitación?
De forma general conserva todos los derechos humanos, que son universales, políticos, civiles, económicos, sociales y culturales, y pertenecen a todos los seres humanos, incluyendo a la personas con distintas discapacidades. Las personas discapacitadas deben gozar de sus derechos humanos y libertades fundamentales en términos iguales con otros en la sociedad, sin discriminación de ningún tipo. Ellos también disfrutan de ciertos derechos específicamente ligados a su status.