De todas formas te diré que el plazo de prescripción es de 4 años.
En cuanto a reclamarle a quién te autoliquidó depende de quién firmó el impreso correspondiente. Si lo hiciste tú, lo veo dificil, si no, le puedes reclamar por los perjuicios que te haya ocasionado su gestión (recargos, sanciones, etc), pero no por el principal, puesto que de cualquiera de las formas, el sujeto pasivo eres tú.
En la autoliquidacion del impuesto de actos juridicos documentados en la compra de una vivienda (vivienda habitual, comprador menor de 35 años, en castilla y leon)la gestoria que hizo todo el papeleo declaro que me correspondia pagar el 0,3% y eso fue lo que pague.
La fecha de devengo es el 28-02-2005. Con fecha 26-12-2005 la administracion me dice que el el 1% y me pide la diferencia.
¿Existe un plazo para que la administracion me pida esto?
¿Si tengo que pagar la diferencia podria reclamarle a quien hizo la autoliquidacion?