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¿Acto nulo o anulable?

4 Comentarios
 
10/09/2008 23:11
Estoy de acuerdo tanto con alter ego como con carretilla.

El art.62 de la LRJPAC indica los actos nulos de pleno derecho, y solo en esos supuestos el acto de la administración sera nulo. En este caso el supuesto que se plantea aqui no entra dentro de este articulo.

Un saludo
10/09/2008 22:11
Muchas gracias a ambos.
09/09/2008 08:53
Soy de la opinión de Letrado y entiendo también que puede continuar el procedimiento y ser convalidado resolviendo el recurso de alzada.
08/09/2008 16:31

En mi opinión, teniendo en cuenta que nuestro ordenamiento reserva la "categoria" de nulidad a las infracciones mas graves del ordenamiento, seria un acto anulable.

saludos
¿acto nulo o anulable?
08/09/2008 11:03
Hola,
La resolución de un procedimiento sancionador donde falta la motivación a las alegaciones presentadas, ¿sería un acto nulo o anulable?

Es decir, ¿podría ser convalidado posteriormente en alzada o no?.

Gracias.