Ante este caso quisiera saber también si es posible solicitar un procedimiento más rápido o urgente, no se si me entiende usted.
Mientras se tramita el procedimiento y mientras espero a la fecha del señalamiento, yo tengo que seguir yendo a trabajar con el riesgo que eso me conlleva. La empresa ya no me está pagando y al estar dado de alta en la seguridad social y un contrato vigente, me es imposible solicitar prestación por desempleo y/o cualquier otro tipo de ayuda social. Ni siquiera con la demanda y un señalamiento se me facilitan los problemas.
Me estoy viendo privado de muchos derechos y me han causado un grave perjuicio.
Los iba a calificar de muy mala manera pero por desgracia las normas de este foro no me permiten expresar palabras mal sonantes.
Completamente viable.
No se precisa de conciliación desde la reforma para demandar por condiciones sustanciales.
Si no le avisaron con 15 de antelación se podrá declarar nula la decisión empresarial.
Es viable solicitar la extinción y la consiguiente indemnización.
Exactamente: Me han realizado una movilidad sustancial de forma unilateral y sin haberlo notificado por escrito, se llevan retrasando continuamente y al rededor de un año con los pagos de mis salarios, la empresa está incumpliendo con mis condiciones de contrato y con todos mis derechos laborales.
Estoy pidiéndole al juez la indemnización en su totalidad y la extinción del contrato de trabajo. Un derecho por el cuál considero que soy merecedor del mismo por el grave prejuicio que la empresa me ha causado.
Por favor dígame usted si considera que todo este comentario es o no es viable y que podría opinar el/la juez al respecto.
Muy Buenas: Para poder demandar las mismas pretensiones he puesto dos demandas en el mismo día y casi de manera simultánea.
La primera ante el SEMAC donde me han concedido en el acto fecha y hora de celebración.
La segunda ante el juzgado de lo social donde he recibido en mi domicilio una notificación diciendo que la demanda ha sido admitida a trámite y con un señalamiento para juicio, la fecha que se me ha concedido es anterior a la fecha del SEMAC. Lo he comunicado al juzgado que admitió mi demanda, exhibiendo la papeleta del SEMAC y me han dicho que eso carece de importancia, que solo es un trámite y que la conciliación se puede intentar ante el/la juez.
Mi pregunta es ¿Se puede ir a juicio sin haber pasado por el SEMAC?