Saludos a todos.
Pues eso, he presentado un acto de conciliacion en el juzgado, referido a una compra de vivienda con otra persona y responsabilidad hipotecaria de ambos, y tan solo he respondido yó a los pagos.
Pretendo la división de la cosa, ya que la situacion es de estar ocupando mi vivienda, escudandose que tiene el otro 50%, y sin pagar nada de su parte en ningun momento.
El tema es, que habra recibido la notificación de correos, pero no coje, ní cojerá nada de correos y maxime referido al juzgado.
Mi pregunta: Si pasa olimpicamente de coger la notificación, como actua el juzgado si aprecia que no se le puede notificar, ante mi petición de conciliación..??
Saludos Dick Turpin, entonces en mi peticion de la división de la cosa común, aunque esta persona no quiera coger la notificación, se puede proceder a la misma, demostrando por mi parte todos los pagos efectuados solo por mi,, etcc...??
La petición de la cosa común es un procedimiento ordinario en el que necesita Abogado y Procurador. Contrate a uno y él le indicará lo que debe hacer, así como los Pros y contras.