La semana que viene tengo mi primer juicio de faltas y la abogada de la denunciada me propone una conciliación penal. El juicio va de una falta del art. 618.2 del CP.
Quería que me introdujerais un poco en la conciliación penal, como se desarrolla la misma, si se trata de la conciliación de la antigua LEC y como se debe actuar en ella.