Hola,
hace tres meses tuve que despedir a una empleada que trabajó cuatro días. Le hice un contrato indefinido, pero no venía a trabajar y cuando acudía lo hacía en estado de embriaguez. Le di de baja en la SS y le dí una carta de despido con un finiquito que no firmó.
Ahora he recibido una papeleta de conciliación, tres meses después, de la Comunidad de Madrid en la que me pide varios miles de euros, y yo creo que ya ha prescrito el tiempo para pedir la conciliación.
¿En qué consiste este acto de conciliación? ¿Qué debo alegar? ¿Qué papeles debo llevar?
El plazo para impugnar un despido es de veinte dias hábiles desde el día siguiente al que el trabajador e le comunicó como fecha de su despido. Por lo tanto, lo mas probable es que esté caducado el derecho, salvo que haya pedido abogado de oficio y hayan tardado todoe ste tiempo en asignarselo.
El acto de conciliacion es un paso prejudicial obligatorio (para el que demanda) en el que teoricamente un letrado conciliador intentaría poner de acuerdo a las partes para evitar el pleito. Lo mas hanitual es que el letrado se limite a preguntar algo así como ¿Que.? y le digais si hay acuerdo o no. Si hay acuerdo, ese acuerdo se pasa a un acta que tiene la fuerza de una sentencia firme y si no lo hay, se levanta un acta sin acuerdo que el demandante adjuntará a la demanda.
De todos modos, te aconsejo que por unas perrillas contrates a un buen laboralista que te evitará muchos dolores de cabeza y defenderá con suma profesionalidad tus intereses.