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Acto conciliacion

2 Comentarios
 
Acto conciliacion
30/11/2009 15:29
He recibido una notificación del juzgado de lo social citandome a un acto de conciliación en calidad de parte demandante, junto con otros dos compañeros de trabajo y la Consejería de Empleo que actúa de oficio en un supuesto delito de cesión ilegal de trabajadores. En la citación me dicen que si no comparezco al acto me darán por desestido. ¿Que consecuencias tiene el que me den por desestido ? ¿Quiere eso decir que no me beneficiaré del resultado del acto de conciliación, véase, la posible indemnización,...etc, ?
Muchas gracias de antemano...
30/11/2009 16:31
Efectivamente
01/12/2009 12:37
Efectivamente, que ?... que no me beneficiará las resultas del acto de conciliación.
Veras, el asunto ha llegado al juzgado a instancias de la Consejería de Empleo. Mi presencia en el procedimiento sancionador instruido por la Inspección de trabajo, es púramente casual, esto es, la Inspectora actuante eligión de la relación de trabajadores de la empresa cesionaria a tres (imagino que los tres con más antigüedad). Por ello aparecemos los tres como parte demandante en sede judirisdiccional, pero evidentemente ninguno de los tres hemos demandado a nadie, la demanda ante la inspección la presentó el sindicato. Entiendo por ello que dada la naturaleza del presunto delito o infracción, este se persigue de oficio por la administración autonómica y por tanto el hecho de que yo comparezca o no al acto de conciliación no debe entenderse como renuncia al derecho sustantivo que se ventila, sino como manifestaciòn de mi voluntad de no aparecer como parte demandante. Ello creo que no debe perjudicar al derecho a ser indemnizado, que lo sigo teniendo como cualquier otro trabajador de los que están en la misma situación que yo aún no estando identificados como parte demandante.... pregunto, desde mi ignorancia...?