Se ha celebrado el acta de conciliación, ante el despido de una trabajadora, sin que el empresario haya sido notificado debidamente. en el acta se hizo constar expresamente que no habia constancia de que al empresario le hubiese llegado la citación y se celbró sin efecto. Tiene alguna posibilidad el empresario de impugnar dicho acto y que se vuelva a celbrar debiamente?