Tengo una vivienda arrendada desde hace años y en la que al parecer han establecido un negocio de prostitución. Comprensiblemente los vecinos están molestos y el administrador me requiere constantemente para que lo solucione y todos dan por sentado que es responsabilidad mía y que yo soy quien debe solucionarlo. La cuestión es que he hablado varias veces con la inquilina y también le he dirigido un par de burofaxes con serias advertencias pero ella se limita a negar lo que los vecinos denuncian y dice que el piso es su vivienda pero que tiene bastante vida social.
He ido a un abogado y después de estudiarlo dice que no me conviene iniciar ningún juicio pues no tenemos pruebas suficientes y que deben hacerlo los vecinos aunque si lo hacen también me demandarán a mí paro solo a efctos de rescindir el contrato. Yo no vivo en la localidad y no sé nada de esas actividades pero tanto los vecinos como el administrador no paran de llamarme o escribirme y me tienen harta, estoy muy presionada y metida en un lío en el que yo no tengo nada que ver y la verdad es que no veo porqué tengo que gastarme dinero en pleitos inciertos solo porque me lo exijan los vecinos que son los que tienen el problema y no hacen absolutamente nada salvo incordiarme. ¿Cuál os parece que es mi situación real?
Tiene razón su abogado y sus vecinos, y se equivoca, si es responsable de a quien alquila su piso si de ello, se infieren daños, perjuicios o cualquier tipo de molestia respecto a la comunidad y los restantes propietarios. Su obligación como arrendadora no se limita a cobrar la renta. La solución para Vd. será prohibir en lo sucesivo en el contrato, la realización de cierto tipo de actividades so pena de resolución contractual. Y en este momento, poder recabar las pruebas que le faciliten la resolución del contrato de arrendamiento con su inquilina, si no, ya sabe, a pasar por una demanda.
La prohibición de actividades ilícitas, molestas, etc, ya estaba incluída en el contrato inicial que además veo innecesario excepto a título informativo puesto que ya lo prohíbe la ley. Además se lo volví a recordar por escrito. No soy abogada pero pienso que la responsabilidad de los actos propios es exclusiva de cada persona mayor de edad no incapacitada. No entiendo que pueda exigirseme a mí otra cosa y me gustaría que me lo explicaran si no es así. Cuando yo alquilé el piso nada me hacía recelar que pudiera ocurrir nada parecido y de hecho nada parece que ocurrió durante bastante tiempo. Yo no tengo la posibilidad de reunir pruebas pues ya digo que no resido en esa localidad pero incluso dudo que sea empresa fácil. Yo creo que si yo tengo una empresa de alquiler de coches y un cliente tiene un accidente por ir borracho no seré yo quien tenga que responder ¿no?
Además, ¿qué pasará si presento una demanda por resicsión de contrato para cumplir con mi supuesta obligación y la pierdo. Solo habré tirado el dinero y seguiré con el problema para eso creo que demanda por demanda es más seguro esperar la de los vecinos que viene a ser lo que me dice mi abogado. Añado que en algún momento la arrendataria me ha pedido comprar el piso que eso sí solucionaría mi problema aunque no es lo que quiero hacer.
Vaya si eres la responsable...y eso de irte y dejar el muerto a los vecinos me parece de una irresponsabilidad tremenda. Y te equivocas de lleno, el problema lo tienes tu, con lo cual es normal que los vecinos te incordien, aunque en mi comunidad ha pasado lo mismo y vamos a denunciar a la propietaria, porque verdad que tu mientras tanto vas cobrando??? y a tu vecinos jod.....
Pues no, no veo en qué soy responsable. A mí me llega una persona con todos los requisitos de legalidad y solvencia, incluída apariencia, idóneos para alquilar el piso, después de rechazar algunas peticiones y no veo porque tengo que responder si luego no es lo que parecía al principio (evidentemente no venía en ropa de "faena"). Tampoco me he explicado lo suficiente pues no se trata de que hay un local de carretera con luces rojas y todo eso sino que es algo más reservado, no hay nada que revele lo que hay (o puede haber) detrás. Seguramente arreglarán las citas por algún teléfono móvil anunciándose en los diarios. Y las molestias que causa no me parecen fáciles de denunciar, al menos eficazmente, porque no se trata de grandes escándalos sino del ir y venir de la gente, llamadas a timbres equivocados, cosas así. Tampoco me perjudica que se rescinda el contrato pues lleva tiempo allí, se alquiló a un precio incluso bajo para el momento precisamente por las referencias que me dieron en la inmobiliaria (¿ésos no son responsables tampoco?) y si se desocupara hoy cobraría bastante más. Cierto es que pagar paga puntualmente. Y si se va ¿quién me garantiza a mí ( o alos vecinos) que serán buena gente los que entren? Perdona rapi pero a mí me parece que la irresponsabilidad es exigirle a quien no tiene culpa y yo no la tengo. ¿Qué ley dice eso? Insisto en esta pregunta. He planteado la cuestión en este foro porque tanto el abogado como el aministrador me hablan de la ley de la propiedad horizontal que según parece es la que dice que la demanda se dirigirá al arrendatario y al propietario pero según me dice mi abogado eso es a los efectos de rescindir el contrato puesto que el propietario es parte. No es para exigirle otras responsabilidades al propietario. Ya digo que no me importa rescindir el contrato pero la cosa es que no es tan fácil, al menos hasta que venza y para eso aún queda tiempo y mientras los vecinos no hacen nada con la ocupante del piso pero se jartan de abroncarme a mí ¿no es cobardía eso? La inquilina me dice que incluso mantiene buenas relaciones con algunos vecinos (y parece ser cierto)
art. 7.2 LPH prohibe al propietario y al ocupante, realizar actividades prohibidas en los estatutos, dañosas, molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
Quizás le convenga más informarse sobre qué actividades o hechos concretas, ocasionen esas molestias a los comuneros, pues tal vez en ese caso, incluso la propia comunidad pueda ayudarle en recabar las pruebas para resolver el contrato. Le guste o no, la que firma el contrato es Vd, la propietaria es Vd, y la responsable directa frente a la comunidad, también es Vd. sin perjuicio de que la otra parte también lo sea.
Los vecinos, no pueden rescindir el contrato, por eso se dirigen contra Vd., única facultada para hacerlo. Si estoy de acuerdo con Vd. en que tiene que existir hecho concreto y prueba del mismo para que Vd. pueda resolver el contrato.
Yo soy arrendador de varias viviendas y eso que cuentas es más o menos típico. Los vecinos e incluso los administradores están convencidos de esa especie de leyenda urbana de que el propietario es quien responde de todo. Que si son jóvenes y arman alboroto, que si son emigrantes y se meten mucha gente, que si el matrimonio está siempre riñendo, que si han puesto una antena en el balcón, etc, etc, etc Qué más quisiéramos los arrendadores, tener de inquilinos a un matrimonio mayor, sin hijos, funcionarios, etc pero eso es una rara avis Así es que no hagas demasiado caso, cumple con tu obligación pero se prudente, tengo un conocido que hace bastantes años se vió exactamente en lo mismo que tú y demandó a la inquilina basándose en lo que le decían los vecinos a los que citó para testificar en el juicio ¿sabes que pasó? que no se presentaron y perdió el juicio. No sé cómo acabó la cosa pero me imagino que las demandadas debieron reirse bastante.
Y en cuanto a lo que dice rapi de echarle el muerto a otro no ha debido de darse cuenta de que quien hace eso son los vecinos como él/ella porque si consiguen echar a las "ilícitas", que faena llevan porque se las saben todas, lo que harán será buscar otro arrendador incauto y "responsable" para establecerse de nuevo y a ser posible cerca de donde estaban anteriormente. ¿O alguien cree que van a dejar tan lucrativo negocio?
Gracias Patricia. Sí efectivamente, entiendo que los vecinos no pueden rescindir el contrato puesto que ellos no son parte y que por eso se dirigen a mí. Pero precisamente es eso lo que me agobia, que yo tampoco tengo hechos concretos demostrables para presentar al juzgado, solo las quejas de los vecinos, no hay ni un informe policial o denuncia ¿qué puedo presentar yo al juzgado para que el juez rescinda el contrato porque esta es la cuestión yo no puedo rescindir el contrato unilateralmente si la otra parte no lo acepta sino que debe ser por resolución judicial y al juez no creo que le valgan solo las palabras, sin embargo los vecinos lo tienen claro: la echo y yastá y eso no es así.
Gracias también Afín.
Es un problema bastante frecuente en el que los políticos debían haber tomado conciencia de él y afrontarlo en lugar de esquivarlo desde hace décadas.
Recientemente he leído en la prensa de un caso en el que los vecinos demandaron, pidieron ejecución y cuando ya creían resuelto el problema al echar a las inquilinas, se encontraron con que el piso se volvió a alquilar a otra persona que continuaba con la anterior actividad.
Lo logico seria, en un caso como este, que la Comunidad formulara las correspondientes denuncia de la actividad a la policia. Que la policia, previa inspeccion, emitan informe.
Con varios informes de la policia, en los que se constante dicha actividad, la Comunidad se los deberia remitir a usted y solicitarle por escrito que usted actue como propietario-arrendador.
Seria asi como usted tendria las garantias de que, si inicia un proceso judicial contra el arrendatario, tendria visos de ganar.
Muchas gracias H-25. Es exactamente como Ud. dice como lo veo yo. Quiero aclarar que comparto la opinión de los vecinos en cuanto a que una vivienda no es el lugar para que se den esas actividades y también que cuando hablo de responsabilidades que no debos asumir me refiero a la responsabilidad derivada del negocio en el que yo que yo no participo ni consiento. Por supuesto que sí asumo lo que me corresponda como propietaria pero me colocan entre la espada y la pared, unos vecinos que me echan la culpa y me exigen que los eche sin más y una justicia que según parece exige mayor certeza para actuar así.
Mi comunidad tiene un problema parecido pero con el agravante que es el propietario quien promociona la actividad de prostitución pero alega que él alquila la casa y no se producen actividades insalubres e ilicitas , aunque se realicen actividades comerciales publicitadas en medios de comunicación de orgias sexuales , y fiestas. ¿ existe Jurisprudencia que evite ver un desfile de prostitutas y clientes entrar en un chalet de una Urbanización junto a niños jugando ?
Si los vecinos se quejan pero no ponen denuncia ni llaman a la policía cuando se están dando estas "actividades" a lo mejor es que no es para tanto y lo único que quieren es tocarte...la moral. Si en mi comunidad se diera este problema denunciaría cada día si es necesario además de avisar al propietario de la vivienda.
creo que es muy difícil de demostrar que en una vivienda se ejerce la prostitución. No creo que sólo porque suban y bajen personas y se confundan de timbre sean pruebas suficientes.
Y si se cobra pro entrar y se publicita en los periodicos, internet y redes sociales?...El problema es que no es que al estar alquilado, el propietario se lava las manos .. ¿ sería una actividad ilicita si está publicitado como vivienda para celebrar un " after" cobrando por bebidas ? Existe un vacio en la Ley de Propiedad Horizontal y no hay Jurisprudencia. A qué se refiere con actividades insalubres o ilícitas ? Ruido no hacen porque está insonorizado