En mi opinión, las extraescolares están contempladas dentro de la pensión de alimentos, con más motivo si ya se venían realizando previamente al divorcio, con lo que se tuvieron en cuenta para estipular la pensión de alimentos. Es un gasto previsible, pues la mayoría de niños hacen extraescolares después de la jornada escolar, no es un gasto "imprevisible".
En el caso del logopeda sí considero que son gastos extraordinarios, a no ser que el tratamiento pueda cubrirse con la seguridad social o seguro médico privado (si lo tiene).
Por esta vez disiento con AR.abogada. No opino que debas pagar piscina. Ingles, depende de si los niños lo necesitan (como clase de refuerzo, por ejemplo, porque vayan mal en esa asignatura en el cole).
En el caso de logopeda, opino que son gastos sanitarios, a pagar entre ambos progenitores, a menos, efectivamente, que se tuvieran en cuenta a la hora de fijar la pension, que no es lo habitual.
En cualquier caso, el tema de los gastos extraordinarios es muy controvertido, y si mal no recuerdo, desde la modificacion de la LEC, en caso de desacuerdo, se fijaran en sede judicial
Los gastos extraordinarios reciben ese nombre NO en función de en qué horario tengan lugar, sino PORQUE son gastos necesarios pero imprevisibles, y su pago se realiza en el momento en el que surge.
En la sentencia de divorcio tendrá que venir qué gastos son considerados como extraordinarios. Si usted no se opuso a que sus hijos realizaran esas actividades, tiene que hacer frente a sus gastos.
Respecto al logopeda, quizá sería cuestión de revisarlo, porque ¿ese gasto se tuvo en cuenta para calcular la pensión de alimentos? Si es así, ese gasto lo cubre la pensión, y por tanto no puede reclamarlo como extraordinario.
Hola,
No soy abogada pero a mi me han dicho que si no esta por escrito en una sentencia o convenio regulador no tienes porque pagarlos.
El tema del logopeda es otra cosa porque entrarían en gastos médicos. Mi hijo es disléxico y gastos de orientadora, psicóloga....es al 50%. Ya las extra escolares si no son aprobadas por la otra parte no tiene porque pagar.
Buenos dias,mi ex-mujer se empeña en que siga pagando el 50 % de la academia de ingles,logopeda y piscina de los niños eso no son gastos extraordinarios del cuidado de los menores pues es fuera del horario escolar,mi pregunta es si puedo negarme a pagar dichos gastos.muchas gracias.