Hola,
en mi convenio pone que los gastos extraordinarios (ortodoncia, campamentos, escursiones, actividades extraescolares.......) se pagarán a 50% previo acuerdo, salvo casos de urgencias.
Mi pregunta es:
El padre cuando se le comunica la actividad (p.ej. natación en piscina municipal, escursión del cole...) no dice nada o dice a todo que no. ¿Tiene que justificarlo porque no quiere que la niña haga nada (ni deporte, ni musica, ni salida con cole....)?, aunque es obvio que es por no pagar, o asi se queda, el tiene derecho a simplemente decir que no y no paga sus 50% y asi la madre (o el custodiado) paga siempre todo, porque obviamente la niña no va a quedarse asi sin hacer NADA toda su vida? Tambien su "no" incluye cuando salen con el cole a visitar cualquier cosa. ¿Como evitar la "trampa" de "previo acuerdo"?
Por supuesto que se tendria en cuenta la opinion de padre, pero no la da. Por esto pregunto: si no da opinion, ni un "si" ni un "no", se le puede exigir pagarlo? Hablo de actividades publicas no de escuelas privadas caras. Sus otros dos hijos hacen todo tipo de actividades muy caras. Se puede alegar la discriminación entre niños?
El "previo acuerdo" no es una "trampa", sino una obligación que implica que haya diálogo, y para que haya diálogo ha de haber voluntad y respeto.
Usted debería analizar de qué manera ha planteado hasta la fecha al padre las actividades que pueden generar supuestos gastos:
¿expone una lista ABIERTA de actividades con horarios y coste, o por el contrario da la lista de las que ya ha decidido, aunque explícitamente no lo diga?
¿estaría dispuesta a renunciar a alguna actividad si el padre opina distinto?
¿cree que todas y cada una de las actividades son necesarias?
¿son una necesidad de su hija o una comodidad suya?
Estas preguntas si las interioriza y se las responde con objetividad, le pueden ayudar a ver donde está el problema, para poder hayar una solución.