Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

actividad progibida por los estatutos

4 Comentarios
 
14/08/2011 17:32
Gracias por la respuesta, decirte que la comunidad me comenta que no encuentra el acta donde se acordo esa actividad, si tengo el contrato de arrendamiento es anual con renovacion automatica mensual y en el mismo tb se establece que deberá respetar los estatutos y no causar molestia a ningun propietario, cosa que no se hace, el estatuto si está inscrito en el registro de la propiedad pero creo que dicho acuerdo no. Ya me he asesorado con algún abogado, de ahí mis dudas porque alguno me dice que se puede hacer algo aunque lleve 30 años y otros me hablan que después de 30 años hay lo que se llama actos propios (dcho adquirido) ya que soy la única que se ha quejado después de 30 años y además no cuento con el apoyo de la comunidad ya que la molestía de las neveras sólo afecta a mi piso. En cualquier caso quiero señalar que somos copropietarios de todos los locales del edificio y que el alquiler de los mismo es lo que engloba las cuentas de la comunidad de ahí tb la negativa a tratar el tema.
Me estoy volviendo loca por ello quiero saber quién tiene razón los que me dicen que si tengo posibilidad judicialmente de ganar o los que me dicen que no por llevar 30 años sin queja alguna?
12/08/2011 11:55
Si en el Registro de la Propiedad, no consta ese arrendamiento efectuado por la Comunidad, aunque lleve 30 años, usted ha comprado de buena fe y en teoría no le afecta esa circunstancia, por lo que podría iniciar las acciones legales oportunas.
Debe asesorarse previamente por un abogado, que le estudie el caso, antes de iniciar demanda.
No veo, porque involucrar al Ayuntamiento, aunque si debería comprobar las circunstancias de la licencia de actividad y el cumplimiento de la normativa urbanística.
11/08/2011 12:49
Muchas gracias, me han comentado que al llevar 30 años sin queja ninguna es un derecho adquirido y por tanto un juez no me va a dar la razon, aunque sea actividad contraria a los estatutos, esto es así?
10/08/2011 19:27
Efectivamente lo que indican los estatutos va a misa.
Solicite al presidente de la comunidad que haga respetar los estatutos o en su defecto, convoque junta extraordinaria para llegar a un acuerdo por unanimidad con esa cafetería.
Por ejemplo insonorizar el local o rescindir el contrato de arrendamiento.
Acuda al Ayuntamiento para verificar que tipo de licencia tiene ese local.
Actividad progibida por los estatutos
10/08/2011 12:14
Hace poco me he comprado un primer piso, y justo el local que está al lado del que se ubica debajo mio es una pasteleria-cafetería. Tiene neveras pegadas a la pared aires acondicionados en fin una seríe de rudios molestos que me está generando dia y noche. Según el técnico del ayuntamiento son 27,6 los decibelios y al no llegar a 30 no puede intervenir. (Hay que decir que la medición fue desastrosa). En cualquier caso, los locales son propiedad de la comunidad, están arrendados, y en los estatutos se establece la prohibición de establecer una cafetería en ellos.
La señora lleva 30 años allí ejerciendo una actividad prohibida por los estatutos, yo soy nueva propietaria puedo solicitar judicialmente la finalización del contrato por ser contrario a los estatutos?