Hola buenas tardes, a ver si pueden ayudarme en este tema, se que está algo hablado, pero no encuentro correlación a mi caso.
En el acuerdo de divorcio se estableció que la menor, por la que tenemos custodia compartida y no hay manutención, antes del estado de pandemia ejercía una actividad extraescolar (gimnasia rítmica). Y que cuando dicho estado cesase, retomaría la extraescolar.
Bien, la madre por decisión propia inscribió a la niña a una actividad diferente sin aviso previo ni consulta a mi parte, eso sí, reclamándome la mitad de la cuota, la mitad de la federación y la mitad de la equipación, disponiendo a su antojo de mi tiempo y economía. Yo por mi parte, obviamente me he negado ya que pasó una pensión alimenticia por un hijo mayor de edad, que trabaja y no se me ha informado, y tengo los gastos de un alquiler, ya que ella se quedó con el uso y disfrute de la vivienda por 3 años.
Es correcta su forma de actuar? Podría demandarme por mi negativa al pago de esas cuotas?
Gracias de antemano.
Yo no sé si es correcta la forma de actuar de la madre judicialmente, pero si tu hija es feliz con su actividad, no te da pena por unos euros que no lo sea? Es la hija de ambos y siempre, siempre hay que mirar por el menor.
A ver, las formas quizás no son las mejores, lo correcto sería haber consensuado el cambio de extraescolar. Pero vaya, que sí en convenio consta que la menor hace una extraescolar (rítmica), y la nueva actividad es parecida en tiempo dedicado, coste, etc. la verdad es que tiene posibilidades de que le den la razón. Luego algo importante también es la edad de la niña y sí ese cambio de actividad es deseado por ella.