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Actividad 0

4 Comentarios
 
Actividad 0
02/06/2014 20:22
Hola a tod@s,
Estoy pensando en darme de alta como autónoma, pero claro, nadie sabe la actividad que va a surgir.
Me gustaría alguien me informara si hay algún problema en estar dado de alta como autónomo y en caso de no haber actividad hacer las declaraciones valor 0.
No tener ingresos, pero tampoco gastos. Únicamente cotizar a la SS.
En vistas de los tiempos que corren, he pensado en cotizar con vistas a la jubilación. Si surge trabajo, pues estoy perfectamente legalizada para facturar, que no hay actividad, pues mi familia puede ayudarme a pagar mi seguro.
Me gustaría me dierais opinión referente a esto. Los problemas que pueda acarrear u otras maneras de cotizar, ya que el tiempo pasa y solo tengo 20 años cotizados.
Gracias anticipadas
03/06/2014 17:37
Estimada consultante,

Para hacer lo que plantea legalmente deberia concertar un convenio especial con la seguridad social pero para ello tendria que tener cotizado 1080 dias en los 12 años anteriores , si desea cotizar como autonoma.

Otra opción , que no es estrictamente correcta, es darse de alta y marcar "sin actividad" y usted seguir cotizando pese a no trabajar realmente..

Tal y como esta hoy en dia la situación con la crisis, no creo que la seguridad social ponga reparos a que una persona llege y diga "oiga quiero meter dinerito a las arcas publicas", lo contrario seria de tontos.

LARIOS ABOGADOS

www.lariosabogados.es

951 71 50 41
04/06/2014 11:12
Gracias por la respuesta,
más o menos esa es la idea. Pero digo yo, que es más ventajoso darse de alta como autónoma que hacer un convenio con la SS. Como autónoma siempre puedo llegado un momento de que surja algo de trabajo en el epígrafe que me he dado de alta y poder facturar. De la otra manera (en el convenio) esto no es legal, tendría que cancelar lo del convenio (que no sé si se podría) y terminar dandome de alta de todas formas, vamos, hacer...deshacer.....
04/06/2014 18:01
Efectivamente, desde mi punto de vista el convenio especial es para el tipico dinerito que tienes en el banco ahorrado darle forma juridica de colocarlo como cotización.

Del otro modo, marcando sin actividad pues cuando surja la oportunidad se factura y se declara ganancias y se desgravan los gastos.

Eso si, le recomiendo que no se le ocurra desgravarse nada si no declarada nada...no vayamos a despertar a la fiera dormida..

Reciba un cordial saludo.

www.lariosabogados.es
11/06/2014 12:51
Sí claro,
No se trata de aprovecharse, si no más bien de ser práctica.... :-))
Gracias por todo