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Actas reunión comunidad

11 Comentarios
 
Actas reunión comunidad
28/04/2008 17:32
Buenos días:
He solicitado el acta de la última reunión de la comunidad al Presidente de la misma, pero éste elude hacérmela llegar. Me gustaría saber si existe algún plazo legal que obligue al Presidente a remitir las actas a los propietarios.
Muchas gracias
29/04/2008 18:14
El acta de cada Junta deben firmarla el Presidente y el secretario en los 10 días siguientes a la celebración de la Junta y debe remitirse obligatoriamente a cada propietario después, se supone que inmediatamente, por cualquier medio que permita constatar su recepción. Si han pasado los 10 días y no quiere entregársela, pídasela de nuevo y si sigue negándose, consulte con un abogado para que le requiera el envío de la documentación. Si tiene dudas o consultas, puede contactarme en abogadoesp@gmail.com
29/04/2008 18:23
Es el Secretario y no el Presidente el que está obligado a enviar el acta a los propietarios, a no ser que el Presidente desempeñe tambien la función de Secretario.
¿Sabe si el resto de propietarios, tampoco la han recibido?.
¿Tiene usted comunicado a la Comunidad su domicilio para notificaciones?, ¿donde le envian las convocatorias para las Juntas?.
Conviene que un abogado, en su nombre, remita un burofax al Secretario, exigiendo el envio del Acta.
18/05/2008 21:20
Buenos días de nuevo:
Muchas gracias por sus respuestas. Quiero aclarar que las actas ya se las he pedido al Secretario y me ha respondido que toda documentación obra en poder del Presidente. A éste le he enviado un burofax para solicitarle el acta pero no me la ha enviado. La cuestión es que este señor me difama y calumnia en las reuniones y en las actas y no me hace ningún caso cuando le pido que lo corrija. Es un calvario. Le he solicitado igualemente en el burofax que incluya en el orden del día de la próxima reunión el siguiente punto " Precisiones a las actas del período 2007-08" pero no sé si lo incluirá. Qué puedo hacer para lavar mi nombre de todas las mentiras que escribe sobre mí?
Les agradezco nuevamente la respuesta y su atención desinteresada.
19/05/2008 12:16
si en las actas anteriores es verdad que constan calumnias o difamaciones contra usted, pues mejor que mejor, porque así usted puede interponer una acción de protección del derecho al honor y pedirles una buena suma de dinero como indemnización de daños morales.

ahora, conviene que consulte usted con un letrado, no sea que lo que usted entiende por calumnias y difamaciones sea distinto de lo que entienden los tribunales por tal cosa.

por lo general los presidentes no andan por ahi haciendo constar en el acta todas las calumnias y difamaciones que hacen a los propietarios, pero puede ser que su presidente sea un inconsciente y lo ponga en acta. si es así, dele duro.

otra cosa que puede hacer, es pedir a un notario que le acompañe, a la puerta del presidente, y allí mismo, en su presencia que levante acta notarial de como usted le pide el acta y el se niega a entregarsela. con el acta notarial puede usted interponer demanda contra la comunidad por negarse a facilitarle las actas y cascarles unas buenas costas.

la acción por intromisión ilegítima en el derecho al honor prescribe a los cuatro años, pero conviene ponerla cuanto antes.
19/05/2008 14:54
Hola.
Creo que el administrador te está tomando el pelo cuando te dice que las Actas las tiene el presidente, pues el tendrá que tener la suya y no la del resto de copropietarios.

Art. 19 de la LPH.
“El acta deberá cerrarse con las firmas del Presidente y del Secretario al terminar la reunión o dentro de los diez días naturales siguientes. Desde su cierre los acuerdos serán ejecutivos, salvo que la Ley previere lo contrario.
El acta de las reuniones se remitirá a los propietarios de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 9”.

Manda un fax a tu Adm. Con línea report (son tan válidos como los burofaxes) y le recuerdas sus obligaciones; le das un plazo de 5 días y le adviertes que de no obtener respuesta por su parte, emprenderás acciones legales (reclamación documentos)

Ten cuidado de que no te caduque el plazo, que, de haber asistido a la Junta, será de 3 meses a partir del día siguiente a esta... (seguramente esos se están tirando la "pelota" el uno al otro, para que este prescriba).
Saludos.
19/05/2008 19:30
Derecho al honor:
http://www.webjuridico.net/hoi/hoi01.htm

reginaldo,

En un juicio verbal, reclamando cantidad a un vecino copropietario, aparece el abogado del demandado diciendo que su cliente no debía pagar porque el mismo en persona ya había pagado, y que lo que yo el demandante pretendía era cobrar doble.
Y añadir que la demanda era fruto de una manía persecutoria.
Esto cuando ambas cosas son falsas, demostrable.

Antes al contrario, estos personajes se dedican a "desinformar en mi contra".

Ambos, demandado y abogado eran hace 2 años presidente y secretario. Aparecen en la vista con el libro de actas pretendiendo justificar el pago previo, siendo falso. Libro de actas que tenían secuestrado, y usurpado el cargo. Habían sido relevados en el cargo 1 año antes.

Solo consiguió escabullirse de la apreciación por el juez de "temeridad y mala fe del demandado (y su abogado)".
Condenaron con costas, pero reducidas.
Y encima se atrevió a impugnar con el mismo argumento mendaz.

¿Cabe dentro de esta figura?
19/05/2008 20:46
mira los jueces tienden a despejar balones fuera. ello su productividad la cobran por el numero de pleitos abiertos y resueltos y no les importa nada mas, van al juzgado como el que va a una fabrica de salchicas.

con eso te digo que aunque estrictamente pudieran ser consideradas ofensivas ciertas expresiones la tendencia es de agarrarse a cualquier cosa para quitarles hierro. en este sentido, lo primero que analizan es el contexto donde fueron dichas las expresiones supuestamente injuriosas o calumniosas y, si por lo que me dices fue en un juicio, entonces te dirán que fueron dichas en un contexto de "ESTRICTA DEFENSA". verdaderamente he visto expresiones mucho mas calumniosas que esa que han sido desetimadas simplemente por haber antecedentes de enfrentamiento en el seno de la comunidad o, por haberse dicho exclusivamente en la junta y, por ello ir destinadas exclusivamente a informar a los demas asistentes de un desacuerdo.

en el derecho penal existe un principio de "minima Intervencion" que muchos jueces extrapolan, sin decirlo, al ambito del derecho al honor. Los jueces piensan que las sentencias condenatorias no hacen mas que fomentar las tensiones y la judicialización de la convivencia vecinal. en consecuencia suelen ser muy transijentes con estas cosas.

ahora bien. sobre todo quiero que sepas que, yo no me dedico al derecho, aunque lo estudié. sera mejor que consultes con un letrado que esté al día en esta materia.
21/05/2008 21:26
1. No asista a la Junta. La asistencia conduce a una pérdida de derechos. Al asistir, eLplazo le corre a usted desde la fecha de su celebración.

2. Para la próxima Junta, si quiere que se trate algo en concreto, ponga un Burofax con acuse de recibo y certificación de contenido dirigido al Presidente. En el mismo deberá de hacer constar de manera clara lo que quiere que se trate en la proóxima Junta. Ósea, si pone "unas precisiones", se a más preciso y pongálas explicitamente o no servirá de nada.

3. Si no asiste a la Junta y a los quince días no ha recibido, en el domicilio que haya fijado para comunicaciones, el acta de la misma, remita otro burofax reclamandola, dando un plazo de 5 día despues de la recepción del burofax (recuerde que el burofax tiene un plazo de treinta días para su recogida). Si ahora no se lo remiten, ya pued eemprender las acciones previas de exhibición de documentos.
22/05/2008 21:57
Buenas noches y de nuevo gracias a todos por sus respuestas. Entre unos y otros me están ayudando mucho. Sin embargo, no entiendo muy bien el post de discolo cuando dice que no asista a la Junta porque ello supone una pérdida de derechos. Le rogaría que me ampliara un poco el tema.
Por otra parte, qué puedo hacer si el presidente no incluye dentro del orden del día de la próxima reunión el punto "Precisiones sobre las actas 2007-08???? Yo lo que quiero es lavar mi nombre de todas las imputaciones falsas y calumnias sobre mi persona que ha vertido en el libro de actas y no sé cómo podré hacerlo si no incluye este punto en el orden del día. Es una cuestión de honor; jamás nadie ha ensuciado mi nombre tanto como él. Y lo ha plasmado por escrito omitiendo, por supuesto, las maldades que, de palabra, dice abiertamente sobre mí en las reuniones. Es una conducta innoble que roza (no sé si la traspasa abiertamiente) la ilegalidad y que me quita el sueño y la salud. Sería muy largo de contar en detalle y no quiero aburriros con mis problemas. Pero qué puedo hacer si no incluye ese punto en el orden del día? (Se lo comuniqué por burofax). Cómo puedo lavar mi nombre?
22/05/2008 22:47
Te sugiero que vayas con grabadora.
Si la llevas visible te protegerá. Se abstendrán de excesos. Es posible que se encabriten y decidan no permitirte la grabación aunque creo que tienes derecho.
Si es oculta, que también tiene valor cuando tú estás participando, sin que sea ilegal, podrás cogerles en su salsa.

Con un escrito breve y bien clarito que leas a todos, y pidas lo que quieras, dejando claro lo que quieras.

Mejor si lo planear asesorado por abogado.

Y según entiendas que respetan o no tus derechos, tu persona, demanda o denuncia al canto.

Ves acompañada, mejor por un buen machito o machita.
22/05/2008 22:59
Buena idea lo de la grabadora!!! Pero, pensándolo bien, mejor la oculto y que se muestren tal y como son. Lo del machito es muy bueno. De hecho, más de una vez le comenté al presidente que, de ser yo un hombre, no se atrevería ni a la mitad de sus excesos verbales y gestuales. Me buscaré uno bien cachas en el gimnasio. Gracias!!!! (Ahora estoy con la moral muy alta, ya veremos mañana...)