Que el presidente dé o no dé el visto bueno al acta con su firma, ¿qué significa y qué implicaciones legales puede tener?
Por ejemplo, supongamos que en la junta se adopta un acuerdo contrario a la ley y/o estatutos, ¿debe el presidente dar el visto bueno al acta donde se recoge dicho acuerdo? Firmando, ¿da cobertura legal al mismo y asumiría algún tipo de responsabilidad si posteriormente es impugnado por él mismo y/o por otro/s propietario/s?
El VºBº del Presidente, solo determina que el que actua de Secretario, dando fe de lo acordado, está legitimamente actuando como Secretario de la Comunidad.
El responsable, es el que da fe, o sea el Secretario.
Salvo mejor opinión.
En efecto así es. La respuesta es incorrecta (en mi opinión) pero hago la pregunta para saber a quien le iba a replicar porque si es un compañero mío, no habrá comentario por mi parte por respeto a su criterio.
De paso date por contestado heredom respecto a una pregunta personal que has hecho en otra intervención.
De acuerdo con Dick, el presidente debe firmar el acta como responsable de la comunidad una vez leida, pero no estoy de acuerdo en que sea un tema de criterio.
Si los interrogantes vienen por lo que digo que no creo que sea un tema de criterio, es porque que uno sea abogado, administrador, o barrendero no le da derecho a tomar decisiones en contra de la ley. El presidente debe firmar las actas una vez leidas para legalizarlas. Y no va en el criterio de cada uno.
Entre compañeros respetamos los criterios (llámale opiniones, argumentos o respuestas) que vertimos fuera de la esfera que afecta a nuestros Clientes.
Dick interroga a Acriton por su condición dado que es cortesía tanto el someter la propia opinión "a otro mejor criterio" (s.m.c.) como el no argumentar a la contra esa misma opinión del compañero.
Heredom:
Dese igualmente por contestado sobre lo que me interroga en otro hilo.
Entonces, si la firma del presidente legaliza el acta, repito mi duda:
Supongamos que en junta de propietarios se adopta un acuerdo contrario a la ley y/o estatutos, ¿debe el presidente dar el visto bueno al acta donde se recoge dicho acuerdo? Firmando, ¿da cobertura legal al mismo y asume algún tipo de responsabilidad si posteriormente es impugnada el acta por él mismo y/o por otro/s propietario/s?
Realmente es complicado Bri, nunca se me ha dado el caso, porque ante una situación de ilegalidad la 1ª que pondría en el acta que no se acomoda a la ley vigente sería yo (que la redactaría) y ademas habría informado de ello en la junta.
Supongo que el presidente en ese caso podría firmar con su voto salvado en contra, pero se trata de que el garantice que en esa acta se refleja lo aprobado en junta.
Te digo que es una consideración particular de lo que haría en caso de verme en esa situación, y espero que jamás como administradora deje de lado la ley y mucho menos haber dicho en junta lo que iba contra ella.
Supongamos que en junta de propietarios se adopta un acuerdo contrario a la ley y/o estatutos.
Con independecia de que sea legal o no el mismo, el Secretario levantará acta en la que reflejará el acuerdo adoptado sin mayores consideraciones(aunque sea contrario a ley o estatutos).
Esto significa que el Secretario se limita a DAR FE de lo acordado. Nada más.
El Presidente por su parte da su Vº Bº. Dicha firma únicamente ratifica su conformidad con el hecho de que lo que refleja el Secretario en el acta, así ocurrió. Por lo tanto su firma no implica que efectúe valoraciones sobre el acuerdo adoptado y ni siquiera implica su conformidad con el mismo.
Si el Presidente votó a favor o en contra del acuerdo, se podría comprobar leyendo el punto del acta donde se procede a aprobar el acuerdo y los votos a favor y en contra del mismo, caso de haber sido reflejados en el acta. Si no hubieran sido reflejados en el acta, será el Secretario quien deberá declarar, en su caso, el sentido del voto del Presidente (en este caso) si así fuera necesario.
En este caso concreto, el presidente votó en contra del acuerdo adoptado que infringe claramente la LPH, y así consta en el acta; también ha manifestado fehacientemente su intención de impugnarlo, pero teme que, refrendando el acta, el juez considere que al firmar dando el visto bueno al acta de forma expresa esté aceptando ese acuerdo ilegal.
No encuentro ninguna sentencia similar al caso expuesto.
Bri no esta dando el visto bueno al acuerdo solo dice que lo trascrito en el acta es lo que se acordo en la junta sea conforme a la ley o no, sea conforme a su interes o opinion o no. No da visto bueno mas que al hecho de que lo que se dice en el acta es lo que se dijo o aprobó en la junta. Es muy diferente.
Esto va, con todo el respeto del mundo y con algo de cariño (entiendanme bien, que nadie se vaya por las ramas) para las siguentes personas que bajo un seudonimo aparecen en estas preguntas y respuestas...
Va por... Bri, Acriton, DickTurpin, heredom, evespirit, papino y cómo no, para el que suscribe:
1º.- es una lástima que vivamos lejos los unos de los otros, por lo menos yo de casi todos o de todos Uds.
2º.- Si estubieran todos Uds. por las Islas canarias, gustosamente les invitaba a una comida para conocernos y dialogar (no discutir) y cambiar impresiones, porque me gustaría verles a todos en una misma mesa hablando y hablando...
3º.- Me moriré sin poder verlo, pero desde el cielo o no se desde donde, procuraré mirar hacia abajo o arriba y ver como lo pasan de bien...
Es un sueño que igual pudiera ser realidad, pero me agrada y permitirme que tome el tono de familiarida,d de poder teneros como "amigos" en esta página que me enseña muchas cosas que ignoraba y me benefician para poder llevar lo mejor posible mi comunidad.
EveSpirit, yo lo entiendo así; el problema estribaría en que lo entiendan así el juez (y/o el fiscal); cosas que parecen cristalinamente claras, una vez enjuiciadas nunca sabes cómo acabarán.
camarlengo, aprender y enseñar forma parte de la esencia humana; presupongo que todos los que entramos aquí venimos con la suficiente humildad para preguntar y aprender sobre lo que no sabemos o entendemos, y aportar nuestro granito de arena en la medida de nuestras capacidades y/o experiencias.
Lo primero para Bri, que es la que tiene el problema, yo estaría tranquila si se refleja el acta con nombres y apellidos y propiedad en las votaciones, creo que todos los magistrados entenderan y de hecho saben que la firma de un acta no implica más que dar fe de que en ella se expone lo acordado en la junta.
Para camarlengo, me encantan las canarias, el año pasado fui dos veces, la proxima vez que vaya (aunque este año no va a poder ser) le avisare y al menos un saludo y un cafe habrá sin problemas, en cuanto mi hija se vaya con sus amigos de alli ;).