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Acta mancomunidad en libro comunidad

10 Comentarios
 
Acta mancomunidad en libro comunidad
18/10/2024 09:43
Mi consulta quizá es un poco enrevesada sino se explica y a eso procedo. Hace 3 años tengo goteras en mi piso (son de la azotea claramente), el caso es que después de mover cielo y tierra en este tiempo ya que solo me daban largas para los arreglos, me entero que zona es mancomunada. Resulta que dicha mancomunidad no tiene representante y el libro una de 2, se perdido hace 5 años o se ha quemado nadie lo sabe. Bueno el caso, es que hace un mes comenzamos los tramites para conseguir otro libro de la mancomunidad pero puede llevar mucho tiempo y mi situación ya no es sostenible. Según el vecino que lo esta tramitando le dijeron en el registro que como mi problema es de prioridad podemos usar un libro de alguna de las comunidades para transcribir lo que se apruebe en una reunión de la mancomunidad. La cuestión es que de esta persona me fio muy poco ya que solo cuenta las cosas a medias. Entonces mi pregunta es la siguiente, ¿puedo usar el libro de mi comunidad para redactar la reunión de la mancomunidad de forma legal? ¿tendría validez jurídica? es que en vistas de que los demás portales y mis vecinos no quieren hacer la reparación sin acta me planteo denunciarlos y de ahí que necesito que sea lo mas legal posible.
Muchas gracias de antemano por las respuestas
18/10/2024 15:05
El representante de la zona mancomunada es, uno de los presidentes, de los edificios presentes.
Es que usedes no tienen administrador? El es el responsable
18/10/2024 15:08
jalisco
No hay ningún representante, hace 5 años, la persona que lo llevaba desapareció y con el/ella desapercio el libro, no hemos tenido reuniones ni nada. Y no tenemos administrador digamos que son pisos muy antiguos con gente mayor y nunca han querido administrador.
18/10/2024 15:08
jalisco
No hay ningún representante, hace 5 años, la persona que lo llevaba desapareció y con el/ella desapercio el libro, no hemos tenido reuniones ni nada. Y no tenemos administrador digamos que son pisos muy antiguos con gente mayor y nunca han querido administrador.
18/10/2024 16:45
Neus10
Cómo sabe usted que esa zona es mancomunada?.

Las zonas mancomunadas generalmente son los jardines, piscinas, parques infantiles, bancos, farolas, calles, cerramientos, puertas de acceso, etc... (por ser privadas de las comunidades), pero es la primera vez que oigo que una azotea sea una zona mancomunada.
Usted (supongo) pertenece a una comunidad que linda o pega a otras (ignoro cuántas), usted tiene humedades en su techo por filtraciones, posiblemente por el paso del tiempo y requiere una reparación o sustitución del pavimento de toda la azotea y eso le corresponde a su comunidad, (todo el bloque de viviendas que viven debajo), salvo que en la escritura constitutiva figurara eso de que fuera mancomunada cosa muy extraña.
Conteste a la pregunta para poder seguir asesorándole.
18/10/2024 18:11
No es una mancomunidad constituida, es un edificio con portales, compartimos fachada, patios, azotea, etc… y según los estatutos de la mancomunidad corresponde a todos. Si tengo los estatutos es porque son una copia que tenía un vecino en su día con el nif de la misma.
18/10/2024 20:37
Neus10
Si los estatutos están registrados en el Registro de la Propiedad cuando se construyó el edificio, no hay más que hablar. Todos pagan.
18/10/2024 20:56
Me parece un poco raro, que la terraza pertenezca a la mancomunidad
18/10/2024 21:01
No es una terraza es el tejado del edificio. Que a su vez se extiende por los otros portales por eso es mancomunado
18/10/2024 21:01
No es una terraza es el tejado del edificio. Que a su vez se extiende por los otros portales por eso es mancomunado
19/10/2024 12:38
Dado que la mancomunidad no existe, ensose el problema a su comunidad.
Para ello. Solicite de forma urgente junta extraordinaria para tratar el tema. En la junta exponga que es un gasto general de todos los portales.
por lo cual es obligación del presidente, resolver el galimatias existente.
Les da un plazo de actuacion. Y les dice que si no se arregla por dejación, la ley le autoriza a arreglarlo usted y pasarle la factura a la comunidad, según la sentencia del tribunal supremo
2 DE FEBRERO DE 2016 ESTABLECE QUE

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