Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Acta de una reunión el los locales del administrador de la propiedad.

12 Comentarios
 
Acta de una reunión el los locales del administrador de la propiedad.
09/04/2018 16:36
Buenas tardes,
Le pedi al Administrador de mi finca que convocara una reunión de propietarios para un problema que tenemos con una vecina. Es una persona enferma que hace mas de 15 años que no sale del piso y nos ocasiona todo tipo de molestias por la noche y de madrugada.
Con la intención de actuar de buena fé y hacer una reunión primero, antes de acudir a la policia, ya que nos padres son los presidentes de la comunidad aun que no viven en ella, se hizo la reunión ( no es la primera vez.......) y se intento presionarles sobre el problema.
Mi sorpresa ha sido que, cuando he pedido copia del acta de la reunión, el administrador me dice que ellos no hacen ningun acta, que ellos solo actuaron de mediadores cediendonos sus oficinas para celebrar la reunion ya que el tema es solo un problema vecinal.
Es eso cierto ???, Tienen o no que hacer acta ???, si la tienen que hacer como puedo presionarles para que la hagan y me la den ???
Gracias por vuestra ayuda.
09/04/2018 17:18
nuriap1965
yo diria que si en la reunion estuvieron ustedes, los padres-presidentes y el administrador no es una junta por lo que esfectivamente no hay acta que levantar.
si hubiera problemas en un futuro los administradores podrian, de ser necesario, actuar como testigos de esa reunion y verificar los acuerdos que se realizaron pero nada mas
09/04/2018 18:01
chelinka
No era una reunion entre los padres y yo !!!, era una junta de TODOS los vecinos de la comunidad.
Todos los vecinos estaban presentes ya que todos estamos afectados, todos expresaron su malestar por los hechos ya que este suceso se alarga en el tiempo y cada vez va a mas.
Tengo copia de un acta de una reunion del 2015 por el mismo motivo y la de ahora no me la quieren dar......
09/04/2018 19:47
nuriap1965
Usted le pidio al administrador una junta pero es que las juntas las ha de convocar el presidente y usted no aporta datos como si la "junta" se convoco de manera formal, con su convocatoria, orden del dia etz. Si no fue asi no hubo tal junta y por tanto no hay porque levantar acta pero si la "junta" fue debidamente convocada, cumpliendo todos los requisitos debera levantarse acta de la misma por el secretario que puede ser el administrador o no. Si hay algun problema con el acta debera usted hablar con el presidente de la comunidad para que requiera al administrador que la redacte y la envie
09/04/2018 19:51
chelinka
donde digo "requiera al administrador que la redacte" queria decir "secretario"
09/04/2018 20:47
nuriap1965
Entiendo que la vivienda donde usted vive es de sus padres y que estos son los presidentes.
Si esto es asi, usted no esta legitimada para solicitar ninguna reunion ni exigir le entregen ninguna documentscion, dado que no es propietaria, todo este problema que describe lo debe de llevar el propietario, o sea en este caso su padre y que tambien es presidente
09/04/2018 21:19
chelinka
Gracias por responder.
Fue una junta formal, con convocatoria formal, ordendel dia etc, por lo que entiendo de su respuesta que es obligatorio que se levante acta.
09/04/2018 21:22
amadeo2002
Lo siento, entiend usted mal.
Yo soy propietaria de un piso.
Los presidentes son los padres de la persona problematica que (los padres)ni si quiera residen en la comunidad.
No se muy bien como va el tema de las comunidades pero, tonta no soy y de momento temgo muy claro quien es mi padre, en paz descanse......
10/04/2018 13:41
nuriap1965
Hola nuriap1965:

Siento decirte que estas equivocada y me explico:

1º.- Tu a titulo personad no estas autorizada para pedirle al administrador que se celebre una junta de propietarios en este caso extraordinaria, necesitas el apoyo de una cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen, al menos, el 25 por 100 de las cuotas de participación.

2º.-- El administrador no debe convocarla, la convocan los propietarios que han conseguido el apoyo necesario para que se pueda convocar, el solo debería cumplir con su cometido que es enviar la convocatoria.

3º.- Si no hay convocatoria de manera legal, no se puede celebrar la junta y por lo tanto levantar un acta y enviarla a los propietarios.

4º.- Esa reunión en la administración no tiene validez legal aunque asistiera el presidente, se trata de una reunión informativa como bien dices para solucionar un problema dialogando y encontrando una solución pacifica al tema.

5º.- El problema no es una cuestión de la LPH, seria de unas normas de régimen interior que no tienen otro objeto que la buena convivencia entre los vecinos, si esa persona esta enferma la solución no esta en presentar una denuncia, la solución debe ser dialogo y la paciencia, la LPH no esta para resolver esas cuestiones.

Comprendo también tu problema porque es complicado, y solo lo sabe quien lo sufre.

Saludos/Juanchito
10/04/2018 13:58
nuriap1965
Un 25% puede forzar una junta aunque no la convoque el presidente, y un solo propietario no puede obligar al presidente a convocar una junta, vale... pero se lo puede solicitar un vecino al presidente y este puede convocar una junta extraordinaria por iniciativa propia, ¿no? El caso es si hubo junta o no, que poder, pudo haberla, si hubo convocatoria por el presidente, orden del día, fue notificado a los vecinos, etc; si lo hubo yo entiendo que sí fue una junta extraordinaria y válida, y debería haber acta. Si no se convocó como junta extraordinaria no, pero si dice la consultante que la convocó el presidente, hubo convocatoria, orden del día, acudieron todos... no sé por qué entender que no es cierto lo que dice y que no tiene razón.
El tema es, para la consultante: ¿fue una "junta" o fue una "reunión"? Cuidadito que la palabra cambia mucho el asunto...
10/04/2018 16:29
nuriap1965
Respuesta de Nuria1965 9/4/2018 21.19
Gracias por responder.
Fue una junta formal, con convocatoria formal, ordendel dia etc, por lo que entiendo de su respuesta que es obligatorio que se levante acta.
Creo que está claro, junta legal, DEBE haber acta.
10/04/2018 16:29
nuriap1965
Respuesta de Nuria1965 9/4/2018 21.19
Gracias por responder.
Fue una junta formal, con convocatoria formal, ordendel dia etc, por lo que entiendo de su respuesta que es obligatorio que se levante acta.
Creo que está claro, junta legal, DEBE haber acta.
10/04/2018 16:34
nuriap1965
Respuesta de Nuria1965 9/4/2018 21.22
Los presidentes son los padres de la persona problematica que (los padres)ni si quiera residen en la comunidad.
En su comunidad se hacen las cosas bastante mal, el presidente DEBE ser propietario. Obvio lo de presidenteS, no pueden ser varios.