En un expediente de expropiacion, se llega al acto de la ocupacion del terreno de lo que se debe levantar acta, estando presente las partes personadas en el expediente administrativo.
Uno de los interesados personados en el expediente administrativo, no es notificado para acudir el día del levantamiento del acta de ocupacion, pese a lo cual el Ayuntamiento redacta el acta de ocupación del terreno expropiado.
Se ha presentado escrito para obligar al Ayuntamiento a retrotraer el expediente al momento de las notificaciones para el acta de ocupacion, solicitando que se vuelva a hacer la notificacion en debida forma y nueva acta de ocupación.
El Ayuntamiento no contesta.
¿Veis posibilidades de que el contencioso-administrativo sea favorable al que recurre?.
El que recurre exige estar presente como representante de la propiedad, en el acto del levantamiento del acta de ocupación. Al no haber sido citado, y en consecuencia no haber firmado, el acta está viciada.
Esa acta ha sido registrada en el Registro de la Propiedad.
Hay que advertir que el acta se ha levantado por la Administración, con la firma de otro supuesto propietario, que no tiene facultades para representar a la propiedad.
Sugiero empezar con la apropiación indebida, y adjuntar copia sellada de la misma a la impugnación del acta de ocupación. Habría que barajar una posible responsabilidad de la administración, ya que parece que está todo documentado y claro.