Me temo que ya las han perdido, cera para las cotizaciones hay un plazo de 4 años, para las reclamaciones de cantidad hay un plazo de un año, podían ustedes haber interpuesto la denuncia ante inspección pero a su vez haber demandado ante el Juzgado de lo Social quién es encargado de reconocer las deudas de los trabajadores pero al esperar la resolución de inspección ya van ustedes demasiado tarde, cosa distinta es que a la vez que denunciaron ante inspección de trabajo hubiesen interpuesto la pertinente demanda, en cuyo caso, primero ya habrían obtenido sts y segundo, si no hubiese habido juicio pues una vez interpuesta demanda el plazo no prescribe.
smo
Hace 2 años tuvimos una visita de un inspector de trabajo en la empresa donde trabajo, ahora nos ha llegado un informe a los trabajadores afectados donde se reconoce que no nos pagaron unas horas extras ni los dias festivos.
En el documneto habla de un Acta de Liquidacion de cuotas donde la empresa, entiendo yo, debe abonar las cuotas a la SS que en su momento no hizo.
Mi duda es que pasa con los trabajadores, si se reconoce que no nos pagaron ni extras ni festivas, aunque sea un año nos pertenece ese dinero, no dice nada el documento que hemos recibido.
Gracias de antemano