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Acta de infraccion

2 Comentarios
 
Acta de infraccion
08/05/2008 19:27
Buenas tardes:
Me han declarado empresa solidaria en una Acta de Infracción en materia de prevención de riesgos laborales. Presenté alegaciones en el plazo de 15 días y ahora me envían un informe ampliatorio y me conceden trámite de audiencia por plazo de 8 días, pudiendo formular nuevas alegaciones por término de otros 3 días. Mi duda es el plazo real que tengo para reclamar 3, 8 u 11 días?
También agradecería que me aclararan el alcance que tiene el ser responsable solidario, si significa que dividrán el importe de la sanción con el otro responsable, o la cargarán a uno de los dos en función de la facilidad de cobro.
Les agradecería rápida respuesta, sobre todo si el plazo es de 3 días, por motivos evidentes.
09/05/2008 09:30
El plazo supngo que serán 11, o en el peor de los casos de 8, no conozco ese plazo, debe ser cosa autonómica, pero si el trámite de audiencia es de 8, esos 8 son sagrados, entiendo que tienes 8 para consultar el expediente y 3 mas para alegar.

El carácter solidario quiere decir que es exigible la totalidad a cualquiera de los dos, como tu dices la cargarán a uno de los dos en función de la facilidad de cobro.
09/05/2008 12:09
Gracias por tu ayuda.
En lo referente a la norma, se trata del art.18.4 del R.D. 928/98 Reglamento Gral. sobre procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones en el orden Social que dice textualmente:
"Terminada la instrucción y antes de dictar resolución, si se hubiesesn formulado alegaciones, el órgano competente para resolver el expediente dará audiencia al supuesto responsable por término de 8 días con vista a lo actuado, siempre que de las diligencias practicadas se desprenda la invocación o concurrencia de hechos distintos a los reseñados en el acta, pudiendo formular nuevas alegaciones por término de otros 3 días, a cuyo término quedará visto para resolución."
También te agradecería que me informaras en el caso de que finalmente me cargaran a mi la sanción, si tengo algún medio de repercutir la totalidad o parte de la misma en la empresa subcontratista, que fue la que realmente incumplió la Ley.
Muchas gracias de antemano.