Sufrí un despido improcedente y consulté a un abogado que me aconsejó llevar a la empresa a una Acta de Conciliación para que me pagasen lo correcto (ya que me habían hecho el finiquito como despido procedente). La empresa se ha puesto en contacto conmigo para pagarme el total y no ir al Juzgado. Pero el abogado me informa que vaya al acta de conciliación ya que podría hacer que me pagasen desde la fecha del despido hasta la fecha del acta. ¿Es esto factible, o hay pocas posibilidades de que pagen la diferencia de fechas?
Son los llamados salarios de tramitacion.Tan factible como que si no aceptan pagarlos en conciliacion,te la envainas para el juicio(no hay acuerdo).Asi se seguiran acumulando salarios de tramite hasta la sentencia.
Gracias Manu por tu rapidez en contestar, realmente estos foros ayudan a tener mas claras las ideas, ya que tenía dudas sobre la factibilidad del tema. Un cordial saludo.