Hace dos años recibi denuncia del ayuntamiento de Madrid por acristalmiento terraza, se inició expediente, mi conyuge consultó con un abogado de urbanismo, para el cual todo era fácil, demostrar la caducidad o prescripción, etc, el caso es que paso a paso, los hechos han sido todo lo contrario a lo que iba diciendo, ahora solo queda interponer contencioso, contra la no concesión de liencia, pero ya no me fio de él. no me da esperanzas de poder ganarlo, el perjuicio económico está siendo grande por mi situación de los últimos años, no sé si merece la pena luchar por vía conteniciosa o no hacer nada y esperar a que llegue la orden de derribo por vía ejecutoria, hay 6 cerramientos anteriores al mío y dos posteriores y ninguno ha sido derribado hasta la fecha. todo el proceso fue a nombre de mi ex-cónyuge, a mi no me han comunicado nada de esto. siendo el 50% de la vivienda mía y mi actual residencia. podría reclamar por indefensión? o que puedo hacer?
Esperar a que se produzca la caducidad del expediente o la prescripción de la infracción, es el peor consejo que puede dar un abogado que se precie cuando el interesado ha recibido de un ayuntamiento la notificación de la incoación del mismo, ¿ o es que el abogado consultado es de los que creen que los ayuntamientos inician procedimientos para tener al personal a su servicio ocupado ?.
Si el ayuntamiento, en alguno de sus actos, se ha pronunciado sobre la ilegalidad del cerramiento realizado sin licencia, deberás tener la plena seguridad de que tal pronunciamiento es erróreo para acudir a la vía contencio-administrativa.
Es decir, que dicho cerramiento sea de susceptible legalización solicitando la respectiva licencia.