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Acreditar buena conducta ciudadana

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Acreditar buena conducta ciudadana
08/08/2014 21:01
Buenas,
Para el ingreso a la guardia civil, piden acreditar buena conducta ciudadana:


Ley 68/1980, de 1 de diciembre, sobre expedición de certificaciones e informes sobre conducta ciudadana.

Articulo primero

a) Si se encuentra inculpado o procesado.
b) Si se le ha aplicado medida de seguridad, así como si está implicado en diligencias seguidas en procedimiento fundado en la Ley de Peligrosidad Social.
c) Si ha sido condenado en juicio de faltas durante los tres años inmediatamente anteriores a la declaración.
d) Si en los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de la declaración se le ha impuesto sanción gubernativa como consecuencia de expediente administrativo sancionador por hechos que guarden relación directa con el objeto del expediente en el que se exija la certificación o informe de conducta.

Bien, comento mi caso. Para empezar, no tengo antecedentes penales pero tuve hace tiempo un percance por el cual me detuvieron y tengo pendiente un juicio por delito de lesiones. Entiendo que mi situacion es de "imputado".

En el apartado a) dice si se encuentra INCULPADO o PROCESADO. Si no me equivoco procesado es cuando piden mas de 9 años, pero inculpado? es sinonimo de imputado? he visto por ahi que no es lo mismo... pero quiero asegurarme.

Al final, la pregunta es, prodria presentarme a la oposicion??

Saludos