Buscando cosas sobre la incapacitación he leído que según el apartado 3 del artículo 60 de la ley 35/2006 de 28 de noviembre (IRPF), cuando una persona está incapacitada por sentencia judicial se la considera con una minusvalía igual o superior al 65% a efectos del IRPF, sin distinción entre minusvalía física o psíquica.
También leyendo el RD 214/1999 5 de febrero IRPF, en el artículo 67 (acreditación de la condición de minusválido), entiendo que vale la sentencia judicial como justificante ante Hacienda de la minusvalía.
Mi pregunta es la siguiente ¿esto es así?, ¿de cara a una justificación ante Hacienda de la minusvalía (si la solicitaran), vale con presentar la sentencia judicial donde se la declara incapaz, o habría que presentar algún otro documento. Si hubiera que hacerlo, ¿de qué documento se trata?.
Pero, ¿tienes constancia de que con la Sentencia es suficiente?. La verdad, es que al leer la ley, se entiende que vale con la Sentencia pero, ya sabes, a la hora de deducirte y de devolverte dinero, luego todos son problemas.
Lo cierto es que, como te digo, yo lo entendía así al leer el artículo, pero si tu ya lo has hecho y sólo has presentado Sentencia, me quedo mucho más tranquila.