passiflora si no me equivoco (a lo mejor lo hago) Gaia es un hombre. Estoy de acuerdo con lo que ha dicho Sabina, sobre todo lo ultimo, seria un buen metodo para llevar a los vecinos a juicio.
1.- probar que sufres ansiedad, p.e.
mediante pericial psicológica;
2.-Y que esa ansiedad es producto de la actitud de los vecinos, y no por otra causa.
Puede ser encajable en el delito de lesiones. art. 147 CP, que castiga al que menoscabe la salud mental de otro, aunque hay que probar las lesiones causadas.
Gaia, si la conducta que algún día describa Escarlata encaja con una calificación jurídica (coacciones, amenazas, injurias, calumnias, realización arbitraria del derecho....etc) estaremos delante de un delito o falta, en caso contrario no. Es el Principio de Tipicidad, no se pueden castigar condcutas que no constituyan delito o falta.
Que no esté tipificado como tal el acoso moral y/o psicológico, supongo que no querrá decir que no se puedan encontrar elementos que definan violencia psicológica y moral en algún tipo penal.
De los delitos contra los derechos de los trabajadores
Artículo 314.
(claro que se refiere al acoso moral en el trabajo y supongo que el acoso que sufre Escarlata es acoso comunitario. ¿es comparable? ¡Ah!)
Los que produzcan una grave discriminación en el empleo, público o privado, contra alguna persona por razón de su ideología, religión o creencias, su pertenencia a una etnia, raza o nación, su sexo, orientación sexual, situación familiar, enfermedad o minusvalía, por ostentar la representación legal o sindical de los trabajadores, por el parentesco con otros trabajadores de la empresa o por el uso de alguna de las lenguas oficiales dentro del Estado español, y no restablezcan la situación de igualdad ante la ley tras requerimiento o sanción administrativa, reparando los daños económicos que se hayan derivado, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a dos años o multa de 12 a 24 meses.
Galla, que cabezona eres hija mia. Mas rigor hija mia, mas rigor, que no convences nada. Lee mas de los libros, y menos de internet. Y SOBRE TODO DE LAS LEYES. que lo no este ahi, no esta en el mundo.
Gaia: es que yo lo puedo estar pasando mu mal porque considero que no debo pagar 1000 euros de cuotas extraordinarias, y que la comunidad me las reclame, y no por eso están delinquiendo.
Sp que se le reclame en legal forma, no hay delito, lo contrario sí lo sería. Coacciones, p.e. art. 172 CP.
Gaia, es que el contexto, entiendo yo, que nos ocupa es otro. No es el laboral. Escarlata no habla como empleada o como vívtima de un abuso sexual, que yo sepa.
La comunidad de propietarios de mi despacho le ha puesto una demanda a mi compañera, que me subarrendó una habitación, lo está pasando mal, está con ansiedad ...(antes de la demanda hubo muchas reuniones y discusiones) y no por eso están cometiendo un delito.