El trabajador que no esté conforme con la sanción impuesta, podrá impugnarla ante la jurisdicción laboral en el plazo de 20 días desde la recepción de la comunicación escrita.
Este plazo se interrumpirá por la presentación obligatoria de la papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación Arbitraje y Conciliación.
Siempre resulta conveniente obtener el consejo de un abogado sobre la conveniencia o no de iniciar las correspondientes acciones legales y la forma de hacerlo en cada caso.
leete esto, igual te ayuda un poco mientras alguien con mas conocimientos en este tema te puede ayudar.
http://laboro-spain.blogspot.com/2010/09/como-bloquear-el-despido.html
Mi empresa me acaba de iniciar expediente sancionador por varios fallos en la realizacion de unos trabajos, éstos fallos son reales, y asumo mi responsabilidad, pero se da la circunstancia de que fallos de éste tipo y mucho más graves se han dado otras veces por parte de otros compañeros sin ningun tipo de consecuencia para nadie. La verdad es que he salido elegido miembro del comite (secretario) recientemente y tras plantearle alguna deficiencia en mis derechos sindicales y en los de mis compañeros de sindicato, ellos han respondido de ésta manera. La notificacion del expediente me la dieron el viernes a ultima hora, dandome solo 4 días para presentar alegaciones (mi convenio no refleja nada sobre éstos plazos). Parte de lo que se me imputa es falso. Mis preguntas son:
Pueden darme tan poco plazo para alegar y con días festivos por el medio?
Cómo debo enfocar las alegaciones?
Debo sacar todas mis cartas en las alegaciones o me guardo la estrategía para el recurso de la sancion?
Cómo demostrar que es acoso sindical??
Aceptaria cualquier consejo de como abordar éste tema. Muchas gracias.