Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Acoso laboral

3 Comentarios
 
26/05/2011 21:53
me lo imaginaba...
empresas como Canal de YII., Correos, SEPI, SEPES, y emporios similares están llenas de auténticos patanes.

De momento vive tranquila y disfruta de tu trabajo mientras puedas
26/05/2011 21:31
Si, es una empresa publica el capital del estado es del 100%
26/05/2011 17:13
contigo al menos no, por lo que cuentas.

Si las demás tragan, es su problema, olvidate y sigue tu vida mirando "pa lante"

¿es una empresa publica?
Acoso laboral
26/05/2011 06:12
Hace unos años vino un nuevo jefe a la oficina.El ejercicio del poder de direccion desde un primer momento lo dijo, aqui mando yo y no hay democracia.
Conductas de este seños.:
Una compañera la hizo caer en una fuerte depresion tras una presion total sobre su trabajo, desacreditandolo en todo momento y utilizando expresiones como tu no sabes na y coas asi.
En su poder de resolucion de expedientes, simple y llanamente te lo desestima tu propuesta sin indicar el porque, regodeandose en su poder y cuando cambia 20 veces la resolucion a lo mejor aprueba la primera que lehan dicho.
a otras compañeras le dice tu no vales pa nada podrias montar una merceria antes que estar aqui.

Otra compañera debida a su mala educación a la hora de dirgirse a ella, como tu no vales para nada, la ha hecho visitar al psiquiatra y esta en tratamiento.

Conmigo no se metio nunca, ni lo voy a consentir, unicamente me ha cambiado de sitio fisico en en trbajo, me hadado como motivo que es para controlar las conversaciones que tiene una compañaera , ya que desde mi sitio la controla mejor, por tanto, aunque no me creo la explicación, no puedo en principio considerarla como acoso u hotigamiento o si?

Ademas de lo anterior a mi en varias ocasiones el Comite de Dirección me otrogó la calificacion de excelente de cara a la retribucion variable, pues bien el un dia me suelta que el segundo excelente me lo han reglado, estos excelentes me les dieron en la etapa del anterior delegada , no con él.
A la vista de lo expuesto considerais que concurre el tipo del 173 del Codigo Penal, esa decir su conducta es suceptible de calificarla como de acoso laboral.
Graicas