Mi hijo esta siendo victima de acoso escolar, llevamos ya desde que empezó el curso, agresiones, insultos... se inició un protocolo de actuación en el centro educativo después de que yo denuncié esta serie de situaciones, pero el protocolo no esta funcionando seguimos en lo mismo, hasta que mi hijo ya no se atreve a ir a clase y esta yendo a tratamiento psicológico por los ataques de ansiedad y demás que toda esta situación le esta ocasionando.
Se esta convirtiendo en un verdadero infierno porque parece que estoy luchando contra el centro educativo y la única solución que veo es cambiarlo de centro escolar, pero no tengo ni idea como hacerlo, porque en el centro educativo donde se encuentra mi hijo solo me dicen que tenga paciencia, que son cosas de la edad... he hablado con el inspector de educación que le corresponde aquí en Andalucía y nada...
Mi pregunta que pasos debo seguir para cambiarlo a otro centro, ¿solicito en otro centro plaza? ¿aportando todo lo relativo al acoso que mi hijo esta sufriendo?
Es mas bien una consulta para el foro de derecho administrativo.
En Andalucía, el protocolo incluye (LOE, LEA, Ley 13/2007, Ley 2/2014, ROCs, Decreto 9/2007, Orden de 20-6-11, Orden de 28-4-15, Instrucciones 11/1/2017):
"1- Identificación y comunicación de la situación
2- Actuaciones inmediatas
se informará del inicio del protocolo de actuación al Servicio Provincial de Inspección de Educación.
3 -Medidas de urgencia
Medidas que garanticen la inmediata seguridad del alumno o alumna acosada, así como medidas específicas de apoyo y ayuda.
4 -Traslado a las familias o responsables legales del alumnado
5- Traslado al resto de profesionales que atienden al alumno o alumna acosado
6- Recogida de información de distintas fuentes
Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el equipo directivo recabará la información necesaria relativa al hecho
Asimismo, la dirección del centro solicitará al departamento de orientación o al equipo de
orientación educativa que, con la colaboración de la persona que ejerce la tutoría, complete la información.
7- Aplicación de correcciones y medidas disciplinarias
Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del director o directora del centro a la adopción de correcciones a las conductas contrarias a la convivencia o de medidas disciplinarias al alumnado agresor implicado, en función de lo establecido en el plan de convivencia del centro, y, en cualquier caso, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo III del Título V de los Decretos 327/2010 y 328/2010, ambos de 13 de julio. Estas correcciones o medidas disciplinarias se registrarán según lo establecido."
Parece que en el Centro hayan seguido todo el protocolo, menos la parte de medidas disciplinarias.
Si los acosadores son mayores de 14 años -y un abogado estima que hay pruebas suficientes- se puede acudir a la vía penal, en proceso de menores: es mejor que la vía civil, que podría conllevar una condena en costas si la demanda fuese desestimada. Si es colegio público también pueden acudir a la vía administrativa (responsabilidad "in vigilando" del centro y docentes).
El cambio de centro que menciona en su último párrafo se solicita ante la Delegación Territorial de la Consejería de Educación. Se puede presentar también (con o sin certificado digital) en la web de la Junta de Andalucía. Como cualquier instancia administrativa, se abre el procedimiento, se tramita, se resuelve, y, en su caso, se puede recurrir.
Si pide el cambio de centro, recuerde que la LO de Educación (Disp. Adic.21ª) prevé que las Administraciones educativas deben asegurar la escolarización inmediata de las alumnas o alumnos que se vean afectados por cambios de centro derivados de actos de violencia de género o acoso escolar.
Muchas gracias Hoplon sobre todo por su tiempo, ¿entonces tengo que solicitar el cambio en un nuevo centro o tengo que realizar un escrito a la delegación de educación de córdoba?.