En estos temas yo suelo tener dudas pero voy a argumentar por qué.
Lo primero que me viene a la cabeza, aunque parezca una tontería, es si se tiene contestador de teléfono.
Y ahora me explico:
Si no se coge una llamada, a tí te quedaría reflejado en tu teléfono pero no quedará reflejado en la factura del que acosa, con lo cual.. ¿cómo se prueba?
Si hay contestador, puede sonar y sonar, hasta que salte y entonces sí le quedaría reflejado porque tú no contestarías pero al saltar el contestador, sería como descolgar.
No digo que yo tenga razón, eh, yfg. Simplemente expongo lo que siempre he dudado al respecto por desconocer la legislación referente.
De todas formas, ya son ganas de tocar los cojones, de verdad. No lo entiendo.
Una cosa es llamar un día, una vez o dos, etc cuando es algo a solucionar en el día por fechas, horas, etc.
No sé.. a ver si hay alguien que te pueda ayudar. :)
Si las llamadas son a horas intenpestivas, ve al juzgado y denuncialo. No necesitas abogado ni nada, pincharán tu telefono, con tu autorización y sabrán quién cuando y cuantas veces te llaman. En un mes lo tienes solucionado.