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Acoso de la empresa a un amigo.

7 Comentarios
 
Acoso de la empresa a un amigo.
18/12/2022 04:24
Buenas noches, pues verán tengo un amigo que no se encuentra del todo bien (le dan ansiedades) pero como en este país donde no se ayuda a las personas con problemas mentales, pues se ve obligado a trabajar.
El tío se metió en una empresa y tras pasar el periodo de prueba y llevar un mes en la empresa, ahora esta le hace la vida imposible para que se marche(lo an presionado mucho, y se habrán dado cuenta que no se encuentra muy bien). Yo la verdad no lo entiendo, ya que su contrato es temporal 4 meses, y además por obras y servicios mantenidos, con lo que la empresa lo tiene fácil para despedirlo.
Que puede estar pasando para que esta empresa en vez de hacer el despido, prefieran acosarlo?
Le mandan a hacer tareas que no son de su categoría, y además le hacen hacer trabajos idiotas como si el tío no fuese capaz de hacer el trabajo como sus compañeros.
18/12/2022 22:11
Y si mi amigo no va a trabajar más y los obliga a hacerle un despido disciplinario?
Tendría derecho a cobrar los días trabajados?
19/12/2022 09:50
Que le envíen a hacer tareas que no son de su categoría esto es acoso?
Me parece que tiene la piel muy sensible.
Bueno respecto a la idea que se le acaba de ocurrir tiene dos opciones aguantar los 4 meses que no creo sea para tanto o coger una b.v., forzar el despido como usted dice, primero, seguro que en su convenio colectivo recoge el preaviso para irse, si no preavisa le podrán penalizar con tantos días como exija el convenio, (normalmente 15 días aunque según la categoría pueden ser muchos más) y si en la empresa ven que pretende buscar un despido disciplinario, está se cuidará muy mucho de no caer en el juego del trabajador para que desde inspección de trabajo no sospechen que hay connivencia para que el trabajador reciba prestación por desempleo, la mera sospecha e intervención de la inspección supone una presuncion de cometer una infracción conlleva una sanción para la empresa de 10000 €, así que como empresa le cursarian una b.v. antes que un despido disciplinario.
smo
26/12/2022 00:54
Jamgrrhh28
Y si la empresa no le paga a fin de mes? Podría entonces pedir la extinción de dicho contrato? Recordar que el contrato es por obras y servicios mantenidos, y por un tiempo de 4 meses.
26/12/2022 16:46
Y porqué no le van a pagar cuando corresponda? Hay sectores que se paga a primeros de mes, a mediados o el día 10 o a finales de mes pero esto no quiere decir que no se le pague.
En caso de no cobrar tiene la opción de demandar y reclamar, q su vez denunciar antes inspección de trabajo porque esta es una falta muy grave.
Sin embargo dejar la empresa como si fuese un despido por no cobrar los jueces necesitan que al menos se lleven 3 meses sin cobrar para acogerse al arte 50 ET y como dice que es un cto de 4 meses nada más no creo que le mereciese la pena.
Vamos a ver la opción es aguantar que son 4 meses y porque el acoso no es más que un menosprecio, para considerar acoso este es en un largo plazo no para 4 meses.
27/12/2022 00:34
Haber amigo estoy muy agradecido por tus respuestas, pero creo que tomas muy a la ligera lo que significa que te traten como un idiota todos los días, y que incluso gente para ganarse el favor de sus jefes también lo haga. Por otro lado tampoco te lo deseo, quizás mejor que no sepas lo que hay en la caja de Pandora.
Por otro lado me dices que un empresario puede estar asta 3 meses sin pagarte, y que encima no te puedes ir .... No se pero en qué país vivimos? Que tiene que hacer el colega volverse loco de verdad y matar al jefe??
27/12/2022 00:36
Jamgrrhh28
Quién aguanta 3 meses sin cobrar?? Y por que se le da tal derecho a un empresario?
27/12/2022 01:49
No invento nada, cualquiera de los que suelen pasar por éste foro se lo pueden decir.
1 El acoso se desarrolla en el tiempo y 3 o 4 meses no son suficientes para declarar un Juez acoso laboral, de hecho se precisan varios meses incluso más de un año de IT por temas psicológicos.

En cuanto al tema de no cobrar hay sobrada jurisprudencia sobre que al menos se necesitan 3 o más meses sin cobrar, es decir, por falta de pago del empresario, lea el art 50 ET, yo no hago las normas, es lo que hay y por supuesto que estos temas no me los tomo a la ligera.
Quizás la solución sea acudir al médico de cabecera para que le dé baja por ansiedad pero incluso ésta posibilidad la veo difícil porque nos habla usted de un cto temporal de 4 meses y resulta que ya en el primer mes se encuentra con que tiene estos problemas, como le digo me parece que su amigo tiene muy poco aguante.
Veo constantemente estas situaciones y veo muy difícil demostrar estas situaciones sobre todo en tan cortos períodos de tiempo.
smo