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Acoso cobrador de morosos por una deuda de 10 años.

3 Comentarios
 
Acoso cobrador de morosos por una deuda de 10 años.
22/05/2017 23:35
La pasada semana recibí la visita en mi trabajo de una empresa de cobro de morosos. Estos me reclaman una deuda de hace 10 años de unas facturas de asesoría, la cual en ningún momento he recibido noticia alguna desde la fecha de la misma y por supuesto no conocía que existiera.

El caso es que estos no me permiten contrastar el importe de su reclamación con la documentación que dispongo y puedo conseguir ya que se han encerrado en una cantidad fija sin dejarme posibilidad alguna de cotejar las facturas que me reclaman.

Así que mis preguntas son:

¿Que puedo hacer para evitar el acoso que sufro desde que contactaron conmigo la primera vez?

¿Puedo pedir judicialmente la extinción de la deuda por no haberla reclamado en plazo?

Os estaría muy agradecido por vuestra respuesta ya que estoy viviendo una situación insufrible y tengo miedo por mi familia ya que me han llegado a amenzar diciendo que saben donde trabaja mi mujer.

Un saludo para todos y gracias de antemano.
22/05/2017 23:39
Juanro03
Deuda por servicios,cinco años,prescrita.
¿en el trabajo y le montan el pollo?
Denuncia por coacciones y amenazas.
23/05/2017 09:53
Juanro03
Si tiene usted encima a esos cobradores es porque la empresa de asesoría transmitió sin precio (a riesgo y ventura) el crédito, posiblemente porque era un fallido prescrito. Lo cual quiere decir que el responsable primero es esa empresa, y el responsable último los matones que le envía quien adquirió la deuda.
Ha de actuar tanto contra la primera como contra la segunda. Primero, una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos, pues ha sido quebrantado gravemente su derecho a la intimidad por la empresa de matones, y puede abrirse un expediente contra esta que contempla multas de hasta 600.000 euros, que la AEPD ejecuta a rajatabla, y que suele espantar a esos delincuentes. Por supuesto, también con la que transmitió el crédito y los datos. La razón es que el adquiriente de un crédito a título oneroso tiene derecho a conocer los datos del mismo, pero en este caso no medió precio, y puede estar usted seguro que no aportarán un recibo.
Además, de esto, ha de ir a la Comisaría de Policía y presentar una denuncia por los delitos de coacciones y revelación de secretos, en este caso solo contra la empresa de cobros, a fin de que se celebre un juicio rápido (tras exigir a esa empresa que revele la identidad de los que ejecutaron esas acciones infames) y pueda usted obtener una orden de alejamiento, que también se preocuparán en cumplir.
La ley pone a disposición del acreedor toda una panoplia de medios para cobrarse lo que se le deben, que además son contundentes y no precisamente poca cosa. Permitir que se abran otras vías incidentales de cobro quebranta la ley y el orden social, que son quienes le protegen.
24/05/2017 09:46
Grisolía
Muchas gracias por tu tiempo y tu respuesta. Es de gran ayuda para mi.