Buenas noches y gracias de antemano a qu8ien me pueda contestar.
Quisiera saber si tengo derecho a tener en mi compañia a un menor en un fin de semana que no me corresponde para celebrar una comunión. Entiendo que es un derecho del niño y en convenio regulador no se pronuncia al respecto.
Si se puede llegar a un acuerdo, no hay problema pues aunque exista fijado un régimen de visitas, se puede aplicar con flexibilidad siempre que exista acuerdo. Si no lo hay, es evidente que debe cumplirse el convenio regulador en los términos fijados y si hay discusión, solicitar la autorización judicial para ello, lo que veo difícil que prospere.
Un saludo.
Tuvimos el juicio por las mdidas civiles ayer y ni abogada no quiso plantear el tema en la vista; decia que mejor entre abogadas. Ahora me dice que me le lleve, que me denuncie si quiere que no me va a pasar nada, que se entiende un derecho del niño.
El tiene una orden de alejamiento y de incomunicación y yo hace un mes se lo expuse a los trabajadores del punto de encuentro donde se hace el intercambio, y me dijeron que ellas no podian hacer nada; pero se supone que los puntos de encuentro son precisamente para mediar a favor de los derechos del niño y en este caso no quieren ni trasmitirle tan siquiera cambiar este finde semana por otro...cual es la función entoncers de estos organismos?
Entiendo sugil que no puede coger y saltarse el régimen de visitas establecido a su antojo. Si ese régimen de visitas ya está homologado judicialmente o existe algún tipo de resolución que lo avale, no comparto el criterio de su abogada, si la denuncian por incumplimiento de un régimen de visitas ya establecido, claro que puede prosperar la denuncia según con el juez que tope. Es un derecho del niño estar con su padre, para ello se fija el régimen.
Si tiene además una orden de alejamiento con más razón debe cumplir Vd. el régimen establecido y evitar la conflictividad que su incumplimiento supone. Los trabajadores del punto de encuentro no son quienes para decidir si debe saltarse Vd. o no el régimen, sólo puede autorizarla el juez que lleve el asunto.
El punto de encuentro se establece como lugar neutral en caso de conflicto que ayude a favorecer el régimen de visitas y la entrega de los menores. Ellos no determinan si puede llevarse o no al niño a la comunión. Mi consejo es que cumpla el régimen de visitas, la decisión final, es suya, naturalmente.
Un saludo.
Bueno entonces si su ex no quiere pagar la manutencion pues que no la pase. Si usted puede pasarse el convenio por donde le de la gana él tambien puede.
Si ese semana le toca al padre estar con el niño EL DERECHO DEL NIÑO ES EL DE ESTAR CON SU PADRE.
Si se salta el convenio y es denunciada claro que le puede pasar.
Quisiera aclarar que el que tiene orden de alejamiento es el por violencia de género. Yo no quiero saltarme el régimen de visitas a mi antojo, ni mucho menos, y entiendo perfectamente el derecho q tiene mi hijo a estar con su padre; sólo quería saber si en estos casos existia la posibilidad de que en virtud de los derechos de ese menor a celebrar un acontecimiento familiar, tuviera la posibilidad de tenerlo en mi compañía.
Si hay alguna posibilidad, que pasos debo seguir para intentar ponerme de acuerdo con el padre, que por otro lado y desde mi conciencia, debería de entender que es un dese propio de su hijo asistir a ese acontecimiento...vamos que si es al revés, si coincidier que en su familia se celebra una boda o algun otro acontecimiento yo cedería mi fin de semana en beneficio de mi hijo, no para fastidar al progenitor no custodio...pero eso supongo que va en relación a la catadura moral de cada uno.