Bueno una vecina tiene en acogida a su nieto de ya 3 años, su madre lo dejo con 3 meses, el caso es que las asistente contactaron con la madre para que viera al niño durante 2 horas, y asi conociera a su hermana fruto de otra relacion.
La abuela es la madre del padre que tiene un cierto retraso y no puede hacerse cargo de su hijo pero convive con él.
El caso es que la madre y la abuela se ven ahora con cierta regularidad, la madre quiere que el niño siga viviendo con la abuela, pero ahora los asistentes la estan presionando para que se lleve al niño e incluso le amenazan con darlo en adopcion.
Mi pregunta es ¿No puede la madre darlo en adopcion a la abuela si estan en común acuerdo?La madre no tiene medios para cuidar a dos niños, ya que tiene otro de otra relacion.
¿Pueden separar al niño de su abuela o de su padre y darselo a otra familia?
¿Pueden los asistentes realizar esas amenazas?
Gracias se que me expandi un poco pero quiero dejar claro que madre y abuela estan de acuerdo en que el niño quede con la abuela y la madre visitarlo cuando quiera.
Pueden acudir juntas a un abogado y solicitar judicialmente que la guarda y custodia pase a la abuela y al padre, estableciendo un régimen de visitas a favor de la madre. Fundamental que se asesoren por un abogado experto en familia. Algunos asistentes sociales se toman prerrogativas que no les corresponden decidiendo sobre el destino de las personas. Si están amenazando o coaccionando, consulten con el abogado sobre la conveniencia de presentar la oportuna denuncia, los asistentes no son quienes para amenazar (amén de que están cometiendo un delito si lo hacen) ni coaccionar ni decidir si dan o no dan en adopción a un niño. En estos casos, la mejor defensa es un buen ataque, por tanto, deben asesorarse convenientemente.
Un saludo.
Gracias Patricia, tengo tambien otra pregunta la madre tiene otra hija de otra relación, esta niña no esta en acogida sino que vive con su madre y padre entonces mi pregunta es ¿Tienen las asistentes derecho ver a esta niña si no hubo denuncia ninguna o es que ya son unos niños de riesgo y estan vigilados cuando se puso anteriormente su hermano bajo tutela del estado?
Esco, la abuela del niño no puede adoptar al nieto, puesto que son familiares en segundo grado, la abuela puede tener al nieto en acogimiento familiar, que puede ser simple (si se prevee retorno a la familia de origen) o permanente. Este acogimiento se establece tras valoración de los Servicios Sociales, y con seguimiento de los trabajadores sociales. Los Servicios Sociales valoran si existe familia extensa capacitada para acoger al menor, en este caso parece que han valorado que la abuela paterna es una acogedora adecuada, aunque por lo que cuenta, posiblemente estén preparando el retorno del menor al domicilio materno, puede que porque valoren adecuado que los dos hermanos estén juntos.
"¿Pueden separar al niño de su abuela o de su padre y darselo a otra familia?".- Para ello tendrían que valorar que la familia paterna no está cumpliendo los deberes que tienen las familias acogedoras, desde mi punto de vista es bastante improbable que los separen, siempre prima la familia directa antes que otras familias sin relación de parentesco, además de que el niño lleva practicamente toda su vida con la abuela.
"¿Tienen las asistentes derecho ver a esta niña si no hubo denuncia ninguna o es que ya son unos niños de riesgo y estan vigilados cuando se puso anteriormente su hermano bajo tutela del estado?".- pues sí, probablemente los trabajadores sociales han considerado que esta menor "puede" estar en situación de riesgo y por ello realizan un seguimiento familiar. Si la niña está bien, y está adecuadamente atendida, no tienen porqué temer nada.
Hay que tener en cuenta que los asuntos sociales son competencia exclusiva de cada Comunidad Autónoma, según establece la Constitución Española, por lo tanto cada Comunidad dicta sus leyes y establece sus recursos sociales.
En cualquier caso, no está de más que soliciten asesoramiento jurídico para quedarse más tranquilos, pregunten en su Ayuntamiento por el Servicio de Orientación Jurídica, donde prestan asesoramiento gratuíto.