Hola a todos.
Ayer me llego la sentencia definitiva. Decir cabe que esta llena de erratas y de "copia/pega" de pruebas documentales.
A pesar de todos mis esfuerzos me han otorgado un régimen de visitas standar para padres españoles. A saber;
-Dos horas entresemana, fines de semana alternos y la mitad de las vacaciones. También el uso de la tan valorada y respetada patria potestad.
Pero tengo una grandísima duda que espero que algún forero pueda aclararme. Primero decir que mi niñito tiene 14 meses.
-1 hasta que mi hijo no cumpla DOS años las visitas los fines de semana son sin pernocta; Sábado de 10 a 19 y Domingo de 10 a 19.
-2 Acto seguido y respecto a las vacaciones, en la sentencia pone lo siguiente;
"Las vacaciones escolares de Navidad, Semana Santa y verano, serán la mitad ambos progenitores eligiendo el padre en los años pares y la madre en los impares. Hasta los dos años de edad del menor los periodos vacacionales correspondientes a cada progenitor se llevaran a cabo por quincenas"
O sea, se dá la paradoja que yo no tengo derecho a pernoctar con mi niño, excepto 15 días en vacaciones de verano?
Luego, mi hijo no va a la guardería, y que periodo vacacional es ese? Aquí en Catalunya los nenes no van al cole del 22 de Junio al 13 de Septiembre. Quiere decir la sentencia que aunque ni niño no tenga dos años debe y puede pasar ese tiempo por quincenas conmigo?
Luego, estamos en 2012, año par. Me toca elegir a mi. Pero en sentencia no pone nada de con cuanto tiempo tengo que avisar de los días elegidos ni porque medio tengo que hacerlo.
Estoy, alucinando y hecho un lío.
A ver si alguien me puede echar un cable.
Veo que no tiene contacto con la mamá de la criatura. Las sentencias, en caso de poco o nulo contacto, son fuente de conflictos.
Sean civilizados ambos y charlen un poco entre Uds.
La patria potestad compartida, como supongo tiene, es otra fuente de contactos.
Por lo que vemos, ¿ CREE UD., SINCERAMENTE, QUE VA A LLEGAR A ALGÚN ACUERDO CON LA MAMÁ ?.
En estos casos, reflexionar si no hubiera sido mejor que el EJERCICIO DE LA PATRIA POTESTAD se la quede ella, Sí, aunque duela.
Le toca sufrir mucho, y no ha hecho más que empezar.
Tómeselo con calma.
A ver Mcklaun,te voy a echar un cable,según la sentencia:
Los fines de semana alternos el niño no dormirá contigo pero en periodo de vacaciones si.
Hasta que cumpla los dos años las vacaciones se repartirán por quincenas y como es año par,te toca elegir si la primera quincena es para ti o para su madre.
Las vacaciones de verano empiezan el 22 de junio,a partir de ahi se repartiran por quincenas,aún faltan 14 días,avise a su exmujer de su intencion de recoger al crio para pasar con él,el periodo vacacional que le corresponde segun la sentencia.Para Navidad avíselo con mas tiempo ya que eso ayuda a poder planear las vacaciones tanto por tu parte como por la de su madre.
Otra cosa,no sólo puede dormir con usted en verano,también hace referencia a Semana Santa y Navidad,mitad y mitad, que al ser año par también le toca elegir.
Y por último,no se si hablan ni que medio de comunicación utilizan, pero con un sms valdría,pero claro si prefiere curarse en salud,hágalo a través de abogados,no vaya a ser que diga que no lo ha recibido.
Gigaset; muchas gracias por su aclaración. Tengo contacto verbal y presencial con la madre de mi hijo. Pero ella no esta dispuesta a dejar que el niño pernocte conmigo tan pronto. En ese caso y aclarado el tema, le enviare un Burofax con mi elección y en caso de que se niegue a entregarme a mi hijo en esos periodos, denuncia por incumplimiento de sentencia que te crió.
Aunque he de decir que ella todavía no ha leído la sentencia y como no se fía mucho de lo que yo le digo, vá a esperar a que se lo explique su abogado. Espero que así lo entienda y que por raro que parezca, es así.
Al que no entiendo en absoluto es al Sr. Fereto. Me esta Ud. aconsejando que renuncie a la patria potestad? Ni se como se hace ni pienso hacerlo. Es un derecho y un por y para mi hijo como padre, que aunque bastante desvalorizado en algunas (muchas instituciones y situaciones) voy a defender a capa y espada.
En lo que si coincido con Ud. es que es un proceso largo, caro, penoso y desagradable. Frustrante, humillante y muy doloroso.
También coincido que por la vía contenciosa, la sentencia deja muchas lagunas y ambigüedades interpretables a favor de cada cual. Y que por supuesto, la custodia compartida es casi siempre la mejor opción. Pero se me ha denegado teniendo en cuenta la corta edad de mi hijo.
Sin embargo, parece ser que si puedo disfrutar de dicha "custodia compartida" en los periodos vacacionales.
Me alegro de que ya tenga algo, aunque ya le queda poco para poder luchar por la compartida (menos de ochos meses).
La sentencia es de risa, este fin de semana no puede pernoctar contigo, pero la siguiente, si pides las vacaciones en ese período sí, y cuando llegue mitad de septiembre ya no puedes volver a pernoctar hasta navidades, y para colmo el niño no tiene vacaciones. Y ni siquiera razonan la respuesta, porque lo mismo tiene algún sentido que la inmensa mayoría de la población no va a entender.
Menos mal que solo son ocho meses de absurda situación y quitando algún mes para la preparación del próximo juicio te quedan siete y restando las vacaciones cuatro.
Ánimo. Y viva la igualdad.
¿Y si fuera una pareja de homosexuales, se atrevería ese juez a negarles en adopción un niño de catorce meses??? NO...porque sabe muy bien lo que se le viene encima. Qué triste!