Hola buenas tardes, necesito ayuda:
Acabo de recoger una sentencia por un caso de vicios ocultos en una compra venta de un piso, el piso no tenia defectos pero en la fachada habia una grieta , se encargo un estudio y hay daños estructurales.
el juez en la sentencia falla que hay vicio oculto y condena al demandado al saneamiento de esos vicios. la cuestion es la siguiente. la comunidad establece una cuota extra para ir reuniendo dinero con el proposito de pedir presupuestos y poder ir arreglando los defectos por fases o cuando se vaya pudiendo. Solo hay una cuenta bancaria que en la que se ingresa tanto las cuota ordinaria como la extra, ademas de salir de ahi el recibo de agua comunal( un unico contador de agua), gastos de ascensor, limpiadora, seguro del edificio, administrador,etc.El juez condena" al demandado(antiguo propietario) a la rebaja del precio en el importe de las derramas o cuotas extraordinarias que la Comunidad repercuta al demandante(nuevo propietario)por motivo de las obras a acometer para paliar y reparar los defectosocultos en cuestion". ¿Podria el condenado en el procedimiento de ejecucion de sentencia, pagar la derramas una vez se vayan conociendo las cantidades a pagar y aceptado el presupuesto a ejecutar? o por el contrario deberia abonar mensualmente la cuota extra en la cuenta comun de donde salen cantidades destinadas a otros fines. o habria que solicitarlo en una aclaracion de sentencia
muchas gracias, de verdad