Plazo general de 2 días para las rectificaciones de oficio o a instancia de parte. Plazo de 5 días para las omisiones y sin plazo para la rectificación de errores aritméticos. (Art. 267 LOPJ).
De cuántos días disponemos para pedir aclaración de un Decreto del LAJ que aprueba las costas procesales? Quiero hacer costar la mancomunidad del pago y han pasado 4 días, podría todavía?