He recibido una sentencia sobre un juicio verbal, en la que la exposición que hace el juez –y en la que basa el fallo- varía mucho de la exposición y petición de la demanda (ratificada en la vista del juicio y debidamente acreditada con pruebas); da la sensación que ni se ha leido la demanda. He pensado solicitarle aclaración y rectificación de la sentencia (el fallo ha sido desfavorable para mi). Como voy a recurrir, he preparado el anuncio del recurso de apelación.
Mi pregunta es: ¿qué plazo tengo para solicitar aclaración y rectificación de la sentencia? ¿Tengo que esperar a la resolución a esa aclaración y rectificación para presentar el escrito anunciando recurso de apelación, o mejor me ajusto a los cinco días de plazo para anunciar esa apelación, con independencia del otro escrito?. Y en el escrito de aclaración ¿cómo hago, simplemente señalando las diferencias entre la demanda y pruebas aportadas y lo que el juez dice en su sentencia?
Otra pregunta: En caso de solicitar reconvención sobre la demanda de un juicio verbal, planteada en base al art. 438-1 LEC, he visto que ese artículo dice que sólo se admitirá si se le notifica al actor al menos cinco días antes de la vista -a mi me la notificaron un día antes de la vista, lo expuse en la vista del juicio, solicitando desestimación, entre otras cosas, por no ser ajustada a Derecho, y el juez dijo que se había cumplido lo estipulado pues el plazo de cinco días era a contar desde la presentación de la reconvención, pero que podía solicitar yo el aplazamiento de la vista (yo veo que no, que dice ese art. 438-1 claramente lo que he dicho antes-).
Entiendo que no procede la aclaracion de la sentencia sino la apelacion con alegación de incongruencia, por la diferncia entre lo solicitado y lo acordado.
En cuanto a la reconvención, si manifestaste tu protesta en juicio por la admisión de la reconvención sin que se respetaran los plazos legales, podrias solicitar la nulidad del juicio por infracción de normas procesales
Ya he presentado escrito de solicitud de aclaración de sentencia y rectificación, pero no he anunciado la interposición del recurso de apelación (vence el plazo mañana). ¿Presento dicho escrito de anuncio de apelación, o me espero a recibir respuesta sobre la aclaración de sentencia? -he visto en los citados arts. 214 y 215 que se tendría que presentar dicho escrito cuando el juez responda al de aclaración- ¿estoy en lo cierto, o me he "liado"?. Gracias de nuevo y, por favor, pido la respuesta cuanto antes, por lo del plazo que finaliza mañana. Saludos.
Si no, corres un riesgo cierto de que no te respondan a la aclaración (por ejemplo, porque la incongruencia es susceptible de apelación, pero en muchos casos no de aclaración) y precluya tu derecho a apelar.
Si el juez considera que manifiestamente no era susceptible de aclaración, en buena lógica (los recursos manifiestamente improcedentes no suspenden plazo), estimará que ha precluido tu posibilidad de apelar.
Muchas gracias por las respuestas. Presenté en el plazo de 5 días el anuncio del recurso de apelación. En principio pensé que el juez, en la aclaración solicitada, tendría, por pura lógica, que reconocer en cierto modo su error en el fallo, y sobre todo en el "razonamiento" expuesto, y me sería más fácil la exposición de la apelación. Saludos y buen fin de semana.