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Aclaración de nota simple.

10 Comentarios
 
Aclaración de nota simple.
12/03/2017 13:42
Buenas, me encuentro de alquiler en una vivienda que ahora me la ofrece una gestora todo via telefonica ,ya que la antigua promotora a la cual tenia alquilado el inmueble entró en concurso de acreedores y ahora mismo esta en fase de liquidacion.
La cosa es que como nos interesa el inmueble.lo primero es que hemos sacado una nota simple para la situacion y no entendemos que aparece:
Cargas
"Ademas de las afecciones fiscales que gravan a esta finca
Sobre la finca registral 5xxxx,que sera predio sirviente y a favor de las fincas registrales 5xxxx y 5xxxx, que seran predios dominantes, se constituye seevidumbre de paso permanente,peonil y de vehiculos, sobre una franja del predio sirviente que arranca a la carretera pública situada a su parte norte y en una anchura de cinco metros discurrr en direccion sur, por su lindero oeste hasta desembocar en las fincas predios dominantes."
Hipoteca:
A favor de :Montserrat acquisitions LTD
Principal: 136.355,20 euros Costas: 14794,86 euros
Importes de intereses... Intereses de demora...
Vemos que el propietario y titular sigue siendo la constructora a la que realizamos el alquiler y no coincide con el mismo que aparece en ese apartado de hipoteca, si la adquirimos nos puede crear algun problema para el futuro? Lei que esas cargas de hipoteca en el.momento de las firma ante notario las tiene que cancelar pero no se .....si no lo realiza el vendedor nos afectaria a nosotros?
De echo ahora mismo no se quien me realiza la oferta ya que la.empresa se encuentra en esa situacion es una gestora de Gestimed Levante pero no se en nombre de quien actua. Gracias
13/03/2017 10:14
Katess13
La titular está quebrada, por lo que los actos de disposición sobre esa finca los tiene que autorizar el juez del concurso. La hipoteca, muy probablemente, fue vendida por el banco a un fondo de inversión sombrío, de los llamados "buitres", que todavía no ha iniciado la ejecución porque también ha de presentarse ante el juez del concurso, y quieren conectar la realización de beneficios (cancelación de hipoteca) a la venta. Esa venta no se puede llevar a cabo al margen del concurso y liquidación, pues aunque esté gravada, la finca es un activo que hay que cuantificar y con el que cuentan los acreedores tras la cancelación de hipoteca. Debe usted contactar un abogado que sepa o pedir las autorizaciones de venta de ese inmueble, del que por cierto ha de preguntar dónde ingresar el dinero del alquiler.
12/06/2017 09:25
Katess13
Hola me gustaría ponerme en contacto con tigo por favor porque me estas pasando exacto igual que ati y me gustaría saber si solucionaste algo? y como?

Gracias
21/07/2018 19:14
Grisolía
Hola, yo tambien me encuentro en la misma situacion, y me gustaría saber si hay alguna manera para poder adquirir la vivienda donde vivo actualmente de alquiler y que el constructor ha hecho una cesión de hipoteca, o como ponerme en contacto. He hablado con diversos abogados y ninguno me sabe dar una solución. Podrían facilitarme algun contacto que pudiera asesorarme, muchas gracias.
06/02/2019 10:31
Bandalk
Hola, me encuentro en la misma situacion. Has podido solucionarlo o encontrar respuestas?
14/08/2019 01:03
Katess13
Hola, ¿conseguiste algo sobre esa empresa Montserrat? Estoy en la misma situación....
14/08/2019 01:04
Nube8
Hola, ¿averiguaste tú algo? Esto es desesperante TE agradezco tu ayuda
20/08/2019 12:37
Katess13
Coincido plenamente con la acertada exposición de Juan Carlos Grisolía:

Le vendrá muy bien un abogado, y tenga la precaución de no hacer pagos a nadie que les llame como Gestora, o como otro tipo de intermediario.

La renta, salvo que un juez o el arrendador les ordene otra cosa por escrito, sigan pagándola de la misma manera en que la han pagado hasta hoy, y guarden los recibos.

Y ya que una Gestora les ha ofrecido la compra, dígales por teléfono que si les pueden preparar la compra en Notaría, con comparecencia del vendedor, y del titular de la hipoteca, y con cancelación de la hipoteca, que no tienen inconveniente. Pero que su abogado se asegure de que el vendedor puede vender, o bien obtiene el permiso para hacerlo si ello fuere necesario.

En principio comprar una casa hipotecada no debe ser un gran problema: el titular registral firma la venta, el acreedor de la hipoteca comparece y cancela, y si mediante consulta al Registro Mercantil hecha por el Notario autorizante se acredita que la empresa vendedora no está en concurso, usted compra de buena fe y nadie puede reclamarle nada.

Ojo: si le consta la existencia del concurso usted no es comprador de buena fe.

Y pagos, insisto, a nadie: en la Notaría, y al hacer la compra, dan ustedes el cheque al vendedor, previa cancelación de la hipoteca por el beneficiario de la misma. En la práctica se suelen llevar dos cheques conformados, uno para el vendedor y otro para la hipoteca.

Otra opción sería seguir de cerca el asunto, si existe el concurso hacer una oferta al administrador concursal o bien esperar a la subasta de la finca, y acudir a la misma, si disponen de liquidez. Para ello también les vendrá bien tener un abogado.
20/01/2022 09:45
Buenos días,
Me encuentro en busqueda de una vivienda y me he encontrado con un mar de dudas en caunto a las cargas en la nota simple, a ver si alguien me podría echar una mano ya que no me queda nada claro si presenta inconvenientes. Las cargas son las siguientes:

- SERVIDUMBRE. Esta finca está afeca a la(s) servidumbre(s) de patio mancomunado que indica la finca matriz.
Esta finca se halla sujeta con las afecciones que expresa la finca matriz, sobre el pago de liquidaciones que procedan por el Impuesto de Transmisiones y Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
- OTROS. AFECTA a la resolución y a las condiciones que expresa la finca matriz.
-TANTEO. Afecta, por razón de su procedencia, a los derechos de tanteo y retracto a favor del Ayuntamiento de XXXXX, por plazo de DIEZ años, sobre segundas y posteriores transmisiones.
GRAVADA con una HIPOTECA a favor de XXXXXXXXXXXXXX, para responder d eun capital de XXXXX y además sus intereses costas y gastos.
Motivada por escritura otorgada ante notarioa de XXXX con fecha veintiuno de enero de dos mil, habiendo causado la inscripción 2ª, de fecha veintitres de junio de dos mil.

Esta finca queda afecta durante el plazo de CINCO AÑOS contados desde el dia veintitres de junio de dos mil, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el Impuesto sobre TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS.

Esta finca queda afecta durante el plazo de CINCO AÑOS contados desde el dia veintiuno de noviembre de dos mil uno, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse por el Impuesto sobre TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS.
________________________________________________________________
Documentos relativos a la finca presentados y pendientes de despacho, vigente el
asiento de presentación, al cierre del Libro Diario del día anterior a la fecha
de expedición de la presente nota:
NO hay documentos pendientes de despacho
___________________________________

Mil gracias de antemano!!
20/01/2022 10:17
Tiene usted que subrogarse en la hipoteca o que le cancelen la misma antes de comprar. El resto de las cosas no tienen trascendencia, y tampoco es cosa de explicárselas una por una. Ocúpese de la hipoteca y compre tranquilo.
20/01/2022 10:53
Intachable como siempre la respuesta de Grisolía.

La hipoteca del año 2000 -y más si fue por quince o veinte años- ya deberá estar pagada, o casi.