Data, muchas gracias por tu información y por tu tiempo!. Me ha sido de gran utilidad pq andaba algo despistado y no sabía si aún aceptando la cantidad el juzgado continuaría de oficio con la tramitación del procedimiento y haría a mi cliente ir a juicio.
Si considera la cantidad ajustada, la acepta y se acaba el procedimiento. ¿Cómo? fácil:
Acudís las partes al juzgado: La cía que traiga cheque y finiquito. Tu cliente que no olvide el DNI. Decís al funcionario que lleva el expediente que queréis renunciar, se redacta el acta de comparecencia y renuncia, mientras tanto allí mismo recibís el cheque y firmáis finiquito para la Cía y se acabó el pleito.
En las faltas de tráfico, la renuncia del denunciante-perjudicado finaliza el procedimiento.
Muy buenas. Tengo una duda sobre un asunto de accidente de tráfico q estoy llevando y q es el 1º. En el mismo resultó lesionado mi cliente por envestida de otro vehículo a su moto. La compañía del vehículo, a la vista del informe de sanidad del forense, le ha ofrecido una cantidad por las lesiones y q visto el baremo yo considero ajustada. Mi pregunta es: ¿si aceptamos la cantidad ofrecida aún así habrá juicio o por el contrario se entiende como un acuerdo?, si aún aceptando la cantidad hay juicio, en el mismo imagino q únicamente se debatirá la pena q se le impondrá al conductor del vehículo si la responsabilidad civil ya está abonada, no?. Muchas gracias por vuestra inestimable colaboración!.