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Aceptacion o no de cuaderno particional

2 Comentarios
 
13/10/2009 09:05
Gracias jejimlle, ¿entiendo que puede haber diferentes tipos de sentencia en este caso?
Porque hay que hacer lo que dice la sentencia, si no se puede recurrir. Es decir, si asigna la vivienda ya es acudir al registro de la propiedad, o si establece un cuaderno particional ¿aun debo acudir a un abogado y notario previo al registro de la propiedad?
Gracias
13/10/2009 08:54
Yo te aconsejo que acudas al despacho de un abogado, con copias de la sentencia, testamentos, con toda la documentación que tengas.
Piensa que una cosa es lo que tu creas que es, otra cosa es lo que sea, y otra muy distinta ejercitar de manera correcta mis derechos.
Aquí un profesional te puede salir rentable, porque si bien le tendrás que pagar sus honorarios, te puede salvaguardar de "una metedura de pata"
SUERTE
Aceptacion o no de cuaderno particional
13/10/2009 00:35
Buenos dias, tengo una duda sobre los repartos de herencias: Resulta que se ha dictado sentencia por un reparto con exceso y defecto en el reparto. Hay dos pisos incluidos (uno de mayor valor que el otro, de ahi el exceso), habiendo sentencia, ¿se ha de acudir al notario a aceptar el cuaderno particional? o simplemente ¿la sentencia ya reparte y se entiende acpetada por haber litigado por ella?
El problema radica en obtener la titularidad de un piso que desde el principio se obtuvo, independientemente de obtener el exceso que la otra parte no abonó e instó al proceso judicial.