Hola a todos,
Me gustaría si fueseis tan amables que alguno de vosotros me orientase en el caso que paso a describir.
Por sentencia tengo concedida una incapacidad total permanente para mi profesión habitual por los efectos en mi salud física y mental de sufrir acoso moral o psicológico en el ámbito laboral o mobbing durante mas de diez años. Los efectos se pudieron demostrar pero la causa en esa época no estaba tipificada como delito y los testigos a la hora de declarar se esfumaron como por arte de magia, quedándome sólo ante esa banda de psicópatas corruptos.
La legislación ha cambiado y hoy en dia el mobbing esta tipificado como delito penal.
Los testigos siguen acongojados por miedo a las represalias pero se ven con mas fuerzas para declarar pues el estado de derecho ya reconoce estos comportamientos como delito y a los que los ejercen como delincuentes a parte de las desviaciones psiquiátricas que padecen identificadas por los psicólogos como psicóticos narcisistas y sus cómplices que los apoyan y encubren para beneficiarse de sus fechorias.
Mi pregunta, dado el estado todavía de medio acojonamiento entendible y respetable de los testigos, junto con una declaración responsable firmada por ellos de los episodios paranormales acontecidos en el puesto de trabajo durante ese periodo de tiempo, ¿Podría proponer llegar a un acuerdo con esa banda de tarados acosadores para que asumieran su responsabilidad civil con una indemnización equivalente al despido improcedente que se negaban a concederme junto con una indemnización por daños y perjuicios, a cambio de no iniciar una causa penal en donde podrian salir mal parados?
Yo no soy abogado, y los conocimientos en derecho que tengo son de participar en estos foros y el séntido básico de justicia que todo ciudadano con un mínimo de sentido común dispone.
¿Alguien me puede orientar si esta es una buena estrategia para no comprometer a los testigos temerosos de posibles represalias?
Gracias y un saludo
Dentice
Dentice, no eres tu la más apropiada para proponer el fin del litigio a cambio de un de un escrito de transacción.( poner fin al litigio de mutuo acuerdo)
Debes seguir el proceso que consideres necesario.
A veces el ponerse de acuerdo sobreviene cinco minutos antes de entrar en la sala de vistas, cuando la parte mas indefensa haya agotado sus posibilidades tenga por cierta su fracaso.
Así que de momento no te lo aconsejo, de todas maneras consulta con tu abogado.
Dentice no dices las fechas de los hechos, piensa que puede existir prescripción y que además tu misma dices que penalmente no estaban tipificadas las conductas.
es muy difícil opinar sólo con el mensaje que envías.
saludos
Como te dice mirta...
-Si en la fecha en que se cometieron los hechos estos no estaban tipificados como delito, no son delito, puesto que no se aplica la ley penal retroactivamente.
-E, incluso de haber sido delito cuando se cometieron, si el delito está prescripto pues "pasó el día pasó la romería".
Respecto a la indemnizción por daños y perjuicios, también está sujeta a plazo de prescripción.
Y, finalmente, en cuanto a la indemnización por despido improcedente, esto va por la vía social no civil. Si te reconocieron judicialemente (pues la empresa dices que no) el despido improcedente tendrías derecho a la indemnización. Si no impugnaste el despido a día de hoy si pasaron más de 20 días no puedes impugnarlo.
Muchas gracias por vuestros comentarios, me estan ayudando mucho.
En cuanto al periodo del mobbing descarado fue del año 1994 al 2001, aunque ya llevaba 3 anteriores de bastante mal rollo.
En el 2001 me puse de baja por mobbing, pues los 2 últimos años ya era un acoso salvaje, que incluian insultos, provocaciones continuas, vacios, desperfectos en mi vehículo en el parking del puesto de trabajo, falta de información para desarrollar mi trabajo, inducción al error en el mismo, amenazas veladas, etc, y un par de intentos de despido procedente utilizando provocaciones de todo tipo y a personal contratado a los que habian sobornado para intentar mi despido utilizando como no el tema sexual para ello.
En el 2004 se dictó sentencia por la cual se me reconocía mi incapacidad total permanente para mi profesión habitual pues rezaba la sentencia que era el trabajo en sí y las condiciones que lo rodean (trabajo semipúblico con fuertes intereses económicos y sistema de retribución variable que dan pie a corruptelas y a formarse clanes para impedir la promoción de nuevas incorporaciones pues su participación en dicho sistema retributivo se diluiría y de paso eliminar testigos de las chorizadas y mamonadas que realizan) las que habian provocado las patologias crónicas que padezco, ansiedad, estres, trastorno ansioso depresivo y un diagnóstico discutible y que en estos casos según me he documentado a veces es erroneo de trastorno de personalidad paranoide motivado por la hipervigilancia continua y el estado de alerta permanente por un instinto de conservación y de defensa ante el panorama hostil que estaba viviendo cada dia en el puesto de trabajo.
El mobbing esta tipificado como delito penal desde el 2008.
Ante estos antecedentes, me gustaría que estos mamones se hicieran responsables y asumiesen la culpa del delito que estuvieron cometiendo con total impunidad durante el citado periodo 1994 a 2001, con consecuencias personales y laborales devastadoras, y que pagasen por los daños y perjuicios que han causado.
Me gustaría que me dieseis vuestra opinión al respecto si hay algo que hacer y algún consejo que me podais aportar, en el caso de que el delito no haya prescrito o si como dice ainoa1 no se contempla la aplicación de la ley penal retroactivamente.
Muchas gracias a todos y un cordial saludo
Dentice