Soy residente en guipuzcoa desde hsce 40 años mi madre tambien residente en guipuzcoa y con la misma antiguedad a fallecido dejando unos vienes urbanos en otra provincia fuera del pais vasco.
mi pregunta es: Al hacernos herederos de esos vienes como tenemos que tributar el impuesto de sucesiones,¿sigun el regimen de esa comunidad o sobre el regimen de guipuzcoa?
muchas gracias
Tras un fallecimiento ocurrido en 1986, los herederos tratan de legalizar la situación ahora, aceptando aquella herencia.
El notario les propone dar una valoración actualizada a los bienes, distinta de lo que en su día cobraron realmente.
Todo ello favoreciendo a una de las partes; pero sin que aparezca realmente el dinero, sólo en el papel.
1.-¿Es esto legal?.
2.-¿Puede pedirnos cuentas Hacienda por ese dinero como si hubiera sido un ingreso?
3.-¿Puede la Junta de Extremadura (lugar de los acontecimientos), reclamarnos algo?
Gracias a quien corresponda.