Hace un par de semanas supe que mi padre ha alquilado, sin contrato, desde hará unos tres meses la mitad de un local que tenemos separado por una pared como garaje.
Hace poco más de un mes, le pedí al inquilino que se marchara, con la excusa de que tenemos intención de convertir el local en vivienda, para, así, evitarnos los problemas que este tipo de contratos suelen ocasionar.
Ahora, nos dice que para marcharse quiere que le paguemos, y, por ahí, no vamos a pasar.
Me gustaría saber qué puede hacer él, legalmente contra nosotros, ya que, entre otras cosas, le avisamos de que queremos cambiar las tuberías puesto que el local ya se inundó una vez por el mal estado de las mismas y, si vuelve a ocurrir, nosotros no nos haremos responsables de los daños que eso pueda ocasionar.
Un saludo cordial y muchas gracias por la ayuda!
Hola Ana M. Los contratos de arrendamiento celebrados de forma oral tienen la misma validez y eficacia que los celebrados por escrito. Por lo tanto, habrá que atenerse a lo pactado verbalmente entre las partes en cuanto a duración, renta, obras,etc..
Hola Jan,
ante todo, gracias por la ayuda.
Aunque el contrato es verbal, no hay nada de por medio, ningún papel que justfique el cobro o el pago de la renta.
Siendo así, la validez del contrato oral, sigue siendo la misma??
Un saludo!
De nuevo, gracias!