Hola a todos
Tengo un grave problema. Vivo en una vivienda antigua desde hace mucho años. Hasta hace poco, la convivencia era ejemplar, pero de un año a esta parte, el piso de encima ha sido alquilado a unos estudiantes. Antes vivía una persona mayor que no armaba ningún escándalo, pero ahora lo ocupan 4 chicos jóvenes que, claro está, meten más ruido que la anterior inquilina.
He intentado hablar con ellos pero no me hacen ningún caso, siempre hay mucha gente en el piso y, más de una vez, han realizado fiestas hasta más de la 1 de la madrugada.
Puesto que contra ellos no puedo tomar medidas, más que echarlos (que no creo que les importe demasiado), ¿qué medidas podría tomar contra su propietario?
por mucho ruido que metan, no son actividades insalubres ni nocivas, así que lo único que puedes hacer es llamar a la policia cada vez que armen follón
Ya lo he hecho alguna vez, pero el ruido no supera los establecido. Aún así, es suficiente como para no dejarme dormir.
De ahí mi pregunta, ¿qué tipo de acciones podría tomar, no ya contra los inquilinos, sino contra el propietario del mismo?
Si el ruido no supera lo establecido lo mejor que puedes hacer es adaptarte a él, o comprarte tapones para los oídos. Pero contra el propietario nopuedeshacer absolutaente nada. En todo caso sería él quién podría emprender aciones contra los inquilinos si, por ejemplo, le estuvieran deteriorando el piso o hubiera alguna otra causa justa. Prueba a pedírselo educadamente, a ver si te ayuda.
Cada vez que llames a la policia quedate con una copia del atestado para una posible demanda.
Así como con cualquier otro medio de prueba.
Si los demandas lo normal es que el propio propietario ponga remedio para no tener más problemas.
Saludos.
Yo tenía el mismo problema.
Monté el equipo de música directamente contra el techo. Cuando me marchaba a trabajar, era cuando ellos dormían.
Les dejaba encendida la música bien alta y, lo más efectivo era que les enchufaba Beethoven una y otra vez, nada de cambiar. Siempre la misma sinfonía. O mejor dicho, siempre los mismos 10 segundos de sinfonía, que para eso me molesté en montarles las peores notas.
Tuvieron una bronca conmigo. Me metieron más ruido, pero en 10 - 12 días de insistencia por mi parte, se moderaron. Vamos, como la seda.
Luego, se marcharon al mes siguiente, pese a que acababa de iniciarse el curso.
Tuve suerte, eran del turno universitario de tarde y "dormían" durante el día.
La verdad, no me veo yo montando nada contra el techo. Lo que a mi me preocupa es que cuando los acutales inquilinos se vayan, el propietario seguirá alquilándolo (y, seguramente, a estudiantes). ¿No hay ninguna manera de quitarle el derecho a alquilar el piso?
Muchas gracias
PD:"el otro afectado", imaginación tienes, vaya que si.
Se me ha ocurrido, que una manera de fastidiar a los inquilinos sería conseguir que no se les devolviera la fianza al finalizar el contrato. ¿Hay alguna posibilidad de conseguirlo?
El propietario puede alquilarle el piso a quien se le antoje, que para eso es suyo, y contra eso nada tienes que hacer. Del mismo modo que, si el piso que ocupas tú es de tu propiedad, puedes ahcer también tú con él lo que quieras.
A quien tiene cama y duerme en el suelo, no hay que tenerle duelo.
Y quien tiene altavoces o posibilidad de adquirirlos-montarlos, y no lo hace tampoco.
Amor con amor se paga, el fuego con fuego se combate.
Te estamos diciendo que no puedes hacer nada "legal".
En vez de sufrir alquiler tras alquiler, con según qué fauna te llega, no te sería de interés ser tú quien eligieses al inquilino que se va a meter en ese piso?????
Pues fácil. ALQUILALÓ TÚ, y para no tener costes, realquilaló a quien quieras. Vamos Arriendo y subarriendo.
Si es que todo tiene solución. Pero la menos eficiente es la judicial. Efectivamente.......echalé imaginación.
Vamos a ver, claro que se pueden tomar medidas contra el propietario, aquí se han dicho cosas que no son ciertas, supongo que por desconocimineto de las leyes, tengo la impresión de que no son abogados, cosas falsas:
1."por mucho ruido que metan, no son actividades insalubres ni nocivas", totalmente falso, el ruido es considerado como una actividad insalubre y nociva del art.7
2."Pero contra el propietario nopuedeshacer absolutaente nada", totalmente falso, se debe requerir al propietario que ponga fin a las molestias , incluso la ley le permite rescindir el contrato de arrendamiento por esta causa, si este no lo hace, se le puede llevar a juicio y el juez puede decretar la rescisión del contrato y la imposibilidad de alquilar o disponer del piso durante una temporada (en las sentencias que yo he manejado rondan los 3 meses, no es mucho, pero menos es nada.), Hay que recordar, que el juez puede decretar también que un propietario desaloje su casa si causa perjuicios a la comunidad, con lo cual, con más razón se permite el no alquilar un piso por estas causas.
3.- "El propietario puede alquilarle el piso a quien se le antoje, que para eso es suyo, y contra eso nada tienes que hacer. Del mismo modo que, si el piso que ocupas tú es de tu propiedad, puedes ahcer también tú con él lo que quieras. " esto es la mayor tontería que se dice en estos casos, nadie puede impedir que alquiles un piso, excepto un juez, si se dan las circunstanscias, evidentemente por un caso solo no hará nada, pero si es práctica habitual alquilarlo a estudiantes que montan escándalos, pues puede impedir que lo alquile durante una temporada.
Todo esto que citas, lolines, es teoría pura y dura y las sentencias que dices excepciones caras y largas para el afectado y total para tres meses (y, aunque no lo sé,me temo que en casos muy concretos en el que el propietario lo es de las dos viviendas enfrentadas, siendo la de la "víctima" de renta antigua) . Que yo sepa, el responsable de quién hace aklgo es quien lo hace. O a ver si vamos a tener que acusar a la Avis o a la Hertz porque alguien que les alquiló un coche comete un atropello por conducir con exceso de velocidad.
Cierto que siempre es posible econtrar "ejemplos" de todo, incluso de las cosas más absurdas, pero si hablamos de la práctica y del caso concreto de Jesús, de poco le va a servir. Le serviría para meterse en gastos, eso sí.
Las acciones se dirigen siempre primero contra el inquilino, pero si el inquilino no entra en razón, se dirigen contra el propietario, incluso es posible directamente actuar contra los dos. Según la reforma que hubo de la LPH el propietario también es responsable, es eso lo que yo manifiesto, que se ha contestado sin conocer realmente la ley.
No son excepciones, normalmente ante una denuncia el propietario actua por la cuenta que le trae.
Es que si no es así, no hay otra forma, por ejemplo, la actuación de "otro afectado" le ha dado resultados, pero, qué pasaría si le denunciaran a él por tener esa música? es decir, llaman a la policia los de arriba y desmuestran que tiene la música y no sólo eso, sino que además no está en casa con lo que queda demostrado que la música esta puesta sólo para fastidiar, con lo cual, le caería una multa y además de las consecuencias que ya antes he explicado, eso sin contar que cualquier acción contra los vecinos de arriba no tendría posibilidades de prosperar.
Otro ejemplo, dices "Que yo sepa, el responsable de quién hace aklgo es quien lo hace", eso no siempre es así, existen muchos ejemplos donde es responsable o co-responsable otros sujetos además (o incluso en lugar) del responsable material y este es un ejemplo de ello, el propietario tiene que hacer cumplir las normas de la comunidad, precisamente por eso se reformó la ley en el año 1999, y en caso de no hacer cumplir esas normas, él también será responsable.
No se trata de meterse en gastos o no, se trata de que se resuelva el tema dentro de la legalidad, porque de lo contrario encima las consecuencias negativas serán para él.
Si alguien no quiere hacernos caso, el único método, por lento que sea, es judicial. Los métodos mafiosos serán más rápidos pero también pueden ser más perjudiciales.
El problema es que hablas desde el desconocimiento del Derecho, y eso te lleva a decir cosas que no son ciertas, y eso sólo crea confusión en quien pregunta, que de leerte pensará que no puedes hacer nada legalmente cuando es falso.
Yo he conseguido en 3 casos que se paren esas molestias por vía judicial, en menos de 3 meses se han resulto, y en todos el propietario ha intervenido, siempre he advertido primero a los inquilinos, y en los casos que no he conseguido nada, he àdvertido al propietario dándole 15 días para resolver el tema, y en los 3 casos que esto no ha funcionado, he demandado solamente al propietario y hasta ahora ha dado resultado, caro no es, porque no hemos llegado a juicio, pero en caso de llegar, siempre será más barato que pagar a un abogado por defenderse por haberse tomado la justicia por su mano.
Por cierto, lo de la condena de 3 meses sin usar el piso, es normalmente la primera, porque como hubiera otro demanda, te aseguro que esta vez no serían 3 meses, me atrevería a decir que podría ser bastante más dura, dado que en las sentencias se le advierte que de continuar con la misma situación se le podría prohibir alquilar para siempre (no sé si llegarían a tanto, pero no me extrañaria nada), y no sé ellos, pero a mí me dicen eso y ya controlaría yo los ruidos que hacen mis inquilinos.
Hola, me alegro que por fin conteste alguien que se nota que sabe, porque ya estaba desanimado pensando que sólo contestaban gente que no sabía de qué iba el tema, sólo hay que ver algunas de las contestaciones de aquí...
En fin, gracias lolines, sigue contestando, por favor y si puedes echarme un vistazo al tema que puse hace unos días, me harías un favor...
Infiero, de lo que dices "no hemos llegado a juicio" que lo que en la práctica has hecho y conseguido es intimidar al propietario mediante una demanda. Es cierto --lo sabemos todos-- que hay gente que se asusta cuando le demandan, independientemente del peso o viabilidad e la demanda, o incluso más sólo de pensar que debería contratar un abogado para defenderse. Obviamente, como bien dices, "ningún caso ha llegado a juicio", porque si hubiera llegado ya se hubiera comprobado en qué acababa esa "acción" contra el propietario.
O sea, que lo de "la condena de tres meses sin usar el piso" no forma parte de tu propia experiencia profesional, sino (en mi opinión) de casos de jurisprudencia de esos que normalmente se citan como "pintorescos"
Sólo decirte que me encantaría estar representando al propietario en uno de estos casos.
De nuevo en la práctica, conozco casos en los que queda patente la complejidad de lograr algo incluso en casos en los que "los que hacen ruido" y "las víctimas son ambos directamente propietarios, a menos que los excesos de "los que hacen ruido" sean exagerados hasta lo grotesco. Ejemplo práctico: eso que dices de irse "dejando la música puesta", que no me parece propio ni de estudiantes, aunque sólo sea por ahorrar electricidad. Es un comportamiento absurdo y excepcional, aunque no pongo en duda lo que dices, porque sé que siempre hay excepciones y casos insólitos. En la realidad, el 99 por ciento de los conflictos de este tipo son mucho menos clamorosos, y siempre hay posturas enfrentadas y presuntos agravios por los dos lados; hay soluciones teóricas, pero pocas prácticas, para qué vamos a engañarnos. Y yo no te hablo de lo que he leído, sino delo que sé.