Mi cliente tiene una parcela y el vecino ha abierto una puerta en la pared de su casa, donde antes no existía, de tal manera que al entrar / salir por citada puerta invade la propiedad de mi cliente, ademas en el tejado ha hecho una azotea, de tal manera que también tiene vistas sobre la casa de mi cliente.
Cabria interponer interdicto o veis mas adecuado una acción negatoria de servidumbre? ¿ se podría acumular la accion negatoria de servidumbre de paso con la de luces y vistas?
Mil gracias.